REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 10 de Mayo de 2017.
207° y 158°

AUDIENCIA ORAL
En el día de hoy, Miércoles 10 de Mayo del año 2.017, siendo las Diez Antes Meridient (10:00 A.m.), día y hora fijada, a los fines de que tenga lugar la celebración de la Audiencia Oral de conformidad con lo establecido en el artículo 168 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en la causa Nº JSAG-455-2017, en virtud de la Medida Cautelar de Suspensión de Efectos cursante por este Juzgado Superior, se deja constancia que se encuentran presentes en la Sala de Audiencias de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, la Juez Margarita García Salazar, el Secretario Irving Leonardo Reyes, y el Alguacil Delvis Méndez; asimismo se deja constancia que se encuentra presente en este acto el ciudadanos José Elías Chirimelli Hurtado y José Elías Chirimelli Viña, Venezolanos, titulares de la Cedula de Identidad Nros V-8.167.808 y 17.603.007, debidamente asistidos por la profesional del derecho Marielys José Chirimelli Rodríguez, venezolana, titular de la cedula de Identidad NºV-20.004.114, inpreabogado Nº 268.381, parte recurrente en la presente causa, así como el Ciudadano Mate Roberto Malkoc Gamarra, venezolano, titular de la cedula de Identidad NºV-15.812.878, conjuntamente con su apoderada judicial la profesional del derecho Yngrid Josefina Aquino Infante, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.623.143, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 31.312,. Así como el Defensor Publico Auxiliar Agrario del estado Guárico Antonio José Caldera, titular de la cedula de Identidad NºV-11.795.578, inpreabogado Nº 271.036, así como el Ciudadano Rodolfo José Bussano, venezolano, titular de la cedula de identidad NºV-11.757.562, Nancy Coromoto Rangel, venezolana, titular de la cedula de identidad NºV-12.581.910 y José Gregorio Tarazona Bolívar, venezolano, titular de la cedula de Identidad NºV-20.496.824, Asimismo se deja constancia que se encuentran presente los Profesionales del derecho Ricardo Daniel Laurens, Greiner Antonio Marín y Luis José Aponte Martínez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.856.829, V-14.103.887 y V-7.576.138, inscritos en el inpreabogado bajo los N° 99.710, 99.787 y 106.667, en sus carácter de Apoderados Judiciales del Instituto Nacional de Tierras (INTI). Seguidamente toma el derecho de palabra la ciudadana Juez Superior la cual expone: Oído el objeto de la presente audiencia se le concede el derecho de palabra a la parte recurrente quien expone: “Ciudadana Juez en este estado comparecemos a esta audiencia en virtud de la convocatoria realizada por este despacho en fecha 08 de mayo del presente acto, es así como desde el año 2010 yo adquirí el lote de terreno denominado LOS TRAMOJOS, con miles de inspecciones por parte del Inti, ocurriendo múltiples irregularidades es tan así que en la Oficina Regional de Tierras procedieron a remover al Coordinador y a su equipo de dicha oficina por cuanto existieron múltiples vicios, es así ciudadana Juez que en este acto solicito sea declarada Con Lugar la presente Medida Cautelar de Suspensión de Efectos de los Actos Írritos, tales como cartas de adjudicación y garantías de permanencia sobre mi lote de terreno nulos de nulidad absoluta dictados por el directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI), violando el debido proceso y el derecho a la defensa derechos estos de rango constitucional cercenándome el derecho a la defensa por cuanto el mismo Inti, reconoció mediante Carta de Registro la condición de Privado del lote de terreno LOS TRAMOJOS, así como la Medida de protección decretada por este despacho así como también le informo a este despacho que vista a la medida ambiental decretada por este despacho aun persiste delitos ambientales en el predio los Tramojos porque los ocupantes irregulares se encuentran talando, quemando y destrozando el ambiente, el inti debe reubicar a los ocupante irregulares que no tienen producción en el predio y lo único que han hecho es inspeccionar y no tengo resultado, percibiendo que persiste la contumacia por parte del inti, finalmente ciudadana Juez solicito que se reubique en otros predios de su banco de tierras que se encuentran cerca de LOS TROMAJOS, que no cuentan con titularidad de la propiedad y capacidad productiva en el país como lo es Los Tramojos que se encuentran solvente con todos los entes agrarios a pesar de las perturbaciones que padecen en este trayecto histórico trayendo como consecuencia un deterioro de mi familia y mi persona asimismo ponemos a disposición en un dialogo, claro y preciso decisivo nosotros no hemos puesto trabas y las medidas otorgadas por este despacho no es comprada porque si se compro al tribunal entonces se compro a ustedes mismo que son protegidos en la medida de protección que participaron todas las autoridades competentes en la materia que participaron en las múltiples inspecciones es por ello que pido que sean serios y comprometidos porque el sufrimiento que he tenido no es cuantificable y pido que se me respete el derecho a la propiedad privada, asimismo ciudadana informo que cerca del predio de LOS TRAMOJOS, hay terrenos del inti tales como Santa Cecilia, El Viñero, Guayabal y el Guayabo que son terrenos del INTI y no son privados y puedan ser reubicado y pido que se acuerde la instalación de la reja de seguridad a los fines de que no sigan desacatando la medida y ingresando ganado proveniente del estado barinas y apure así como material de construcción.”, Seguidamente toma el derecho de palabra la representación del Instituto Nacional de Tierras (INTI), expuso: “En este estado ciudadana Juez estamos en presencia de los actos administrativos dictados por mi representada y manifestamos que mi representada tiene toda disposición de cumplir con la medida y con las reubicaciones y hacemos un llamado al dialogo y concluir con una solución porque todos los que estamos presente constatamos quienes están productivos y quienes no tal como se desprende del actas de inspección de este juzgado y del informe remitido por el Ministerio de Ecosocialismo y Agua (AMBIENTE-GUARICO), el cual riela en el expediente judicial y estamos en presencia de los actos dictados por mi representada y oídas las posiciones abiertas al dialogo solicito en este estado que el tribunal otorgue un lapso para mediar y cumplir con la medida y que cesen estos conflictos entre las partes y llevar la paz al campo. Retoma la palabra los apoderados quien manifiesta en este estado ciudadana Juez solicitamos que en la sentencia sea considerado los ocupantes que están productivo igualmente pedimos que sea planificada y notificada mi representada de dicho acto es todo.”.
Seguidamente toma el derecho de palabra la representación judicial del ciudadano Mate Roberto Malkoc Gamarra quien expuso: “Buenos días en este estado manifiesto que mis representados ocupan un lote de terreno con capacidad de 400 has aproximadamente, es de menester citar el nuevo paradigma constitucional Social-Agraria, por cuanto mis representados están productivo y contribuyen con la soberanía agroalimentaria, y reconocido dicha productividad en la medida dictada por este Juzgado, en este estado informo que mis representados Mate Malkoc y Marco Gusvan Malkoc fueron beneficiarios de titulo de adjudicación y carta de garantías de permanencia, llegue atreves del inti a ese lote de terreno y en este acto aprovecho que esta el señor José Elías que yo estoy peleando y defiendo es mi bienhechurías el capital invertido que ya para este momento es imposible equiparla con corrales, casa, potreros, lagunas, cercas y la producción que mantenemos en ese lote de terreno, es por ello que pido que se mantengan nuestra ubicación y conciliación como buenos vecinos y con ello garantizar la seguridad y soberanía agroalimentaria. Retoma la palabra la apoderada judicial quien manifiesta ciudadana juez aquí debemos solucionar nosotros mismo en sede jurisdiccional por cuanto el inti ha dictado multiples actos sobre el mismo predio y ratifico nuestra postura y productividad y ratifico todos y cada uno de nuestro planteamiento por cuanto aquí la “PRODUCTIVIDAD” es nuestro argumento que se viene desarrollando nuestros representado e insistimos en pactar un medio de autocomposición procesal para logra un convenio y solucionar la presente causa . ”
Seguidamente toma el derecho de palabra el Defensor Publico Auxiliar Agrario quien expuso: ”Ciudadana Juez en vista de las reubicaciones ordenados por este tribunal y vista las garantías de permanencia otorgadas por el inti a mis representados, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, 12 y 15 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, solicito se tome en consideración y a tales efectos se respete los derechos de mi representados y en caso de materializar la rehubicacion se cancele la indenizacion de las bienechurias enclavadas por mis representos por cuanto este juzgado mediante la inspecvcion determino quienes están productivos y quienes no y los que no están productivos le solicito a este Juzgado que detemine el lote de terreno para que sean rehubicado y indenizados por sus bienechurias desarrolladas.Seguidamente toma el derecho de palabra el ciuadadno Rodolfo Bussano quien manifesto no puedo tomar una decisión en nombre de los ocupantes del predio de LOS TRAMOJOS, asimismo le manifiesto ciudadano Juez que me arrepiento mil veces de irme de allí salgo inmediatamente de ese predio porque allí lo que he padecido en sufrimiento he perdido más de 10 kilos de peso y si existe la posibilidad de salir de allí reubicado en las misma condiciones de me voy corriendo inmediatamente me voy porque la tranquilidad no tiene precio y sirvo de mediador con la comunidad y autoridades locales y hay que plantear, conversar para plantear la reubicaciones. Asimismo ciudadana Juez le informo que no contamos con doble titularidad porque las cartas de garantías de permanencia revoco las adjudicaciones, es decir, que contamos un solo instrumento que es la garantía de permanencia. Seguidamente toma la palabra el ciudadano José Gregorio Tarazona ciudadana Juez yo acepto lo que acepte la comunidad y manifiesto que acepto la reubicación en las misma condiciones para cesar este conflicto. Retoma la palabra el defensor público auxiliar agrario quien manifiesta en vista de las exposiciones solicito y ratifico se tome en cuenta su ocupación y producción y cuando se reubique se le garantice el artículo 26 de la carta magna y lo más sano es que sean reubicado.
Seguidamente retoma la palabra la ciudadana Juez quien expone: “Oídas las exposiciones de las partes, se informan a las partes que este Juzgado Superior, acuerda la solicitud de la instalación de la reja de seguridad en la entrada del predio LOS TRAMOJOS, a fin de resguardar y controlar el acceso al predio de propiedad privada reconocido mediante Carta de Registro Simple debiendo tener acceso solo los beneficiarios de la medida de protección dictada por este Juzgado Superior, es decir los ocupantes que se encuentra productivos, asimismo este juzgado les informa que se tomara (03) tres días para dictar sentencia a fin de que en dicho lapso puedan las partes en caso de llegar a un convenio manifestarlo ante este despacho y lograr las reubicaciones es todo.

En este estado se declara culminado el acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Siendo las 12:40 Pm.
LA JUEZ SUPERIOR,
MARGARITA GARCÍA SALAZAR



Los Accionantes:
José Elías Chirimelli Hurtado.-
NºV-8.167.808.-


José Elías Chirimelli Viña.-
NºV-17.603.007.-
La Abogada Asistente de la Parte Recurrente:
Abg. Marielys José Chirimelli Rodríguez
Inpre Nº268.381.



Los Terceros
Mate Roberto Malkoc Gamarra.
NV-15.812.878.-


La Apoderada judicial del Tercero.
Abg. Yngrid Josefina Aquino Infante.-
Inpreabogado N° 31.312.-




Los Apoderados judiciales Del Instituto Nacional de Tierras (INTI).
Abg. Ricardo Daniel Laurens.
Inpreabogado N° 99.710.-




Abg. Greiner Antonio Marín.
Inpreabogado N° 99.787.-




Abg. Luis José Aponte Martínez.
Inpreabogado N° 106.667.-

Los Terceros (DEFENSA PUBLICA AGRARIA).

Abg.Antonio José Caldera
Inpre Nº271.036.



Rodolfo José Bussano
V-11.757.562.
Nancy Coromoto Rangel
V-12.581.910.


José Gregorio Tarazona Bolívar,
V-20.496.824.





El Alguacil
Delvis Méndez;


EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES.



Exp.: Nº JSAG-455-2017.-
MGS/IR