REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, Diez (10) de Mayo del (2017)
(207° y 158°)

EXPEDIENTE Nº JSAG-457-2017.-

Por recibido en fecha (10/05/2017), bajo el Oficio Nº 345-17 de fecha (05/04/2017), emanados del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de esta misma Circunscripción Judicial, remitiendo adjunto, Expediente Nº 394-16, relacionado con el Recurso de Apelación en ambos efectos ejercido por el profesional del derecho José Arquímedes Díaz , venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.808.354, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 60.919, parte demandada, Contra de la decisión dictada por el a quo en fecha 22 de Marzo del 2017, conformado por dos piezas (02), la primera constante de doscientos cuarenta y dos (242) folios útiles, la segunda constante de ciento catorce (114) folios útiles, incluyendo el referido Oficio, inclusive la caratula; relacionado con el juicio por Medida de Protección, incoado por la ciudadana Rosa Evelia Duarte de Ferreira, titular de la cédula de identidad Nº V-5.642.668, Contra los ciudadanos Luis Castillo, Darí Carrero y Francisco Javier Escobar, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de las identidades Nros. V-17.347.259, V-15.811.803 y V-10.266.048; en virtud del Recurso de Apelación ejercido en fecha (30-03-2017), mediante escrito, contra la sentencia dictada por el a quo en fecha (22/03/2017). En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario, le da entrada por Secretaría, signándole el número JSAG-457-2017, (nomenclatura particular de este Juzgado Superior), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil; fijando un lapso de ocho (08) días de despacho para promover y evacuar las pruebas permitidas en segunda instancia, vencido el lapso probatorio, este Juzgado Superior fija Audiencia Oral, la cual tendrá lugar al 3er tercer día de Despacho siguiente a la Una y Treinta Pos Meridiem (01:30 p.m), conforme a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Cúmplase.


LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES.

EXPEDIENTE Nº JSAG-457-2017. -
MGS/IR/sm.-