REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 15 de Mayo de 2.017
206° y 158°

Visto que el día de hoy le correspondía a este tribunal publicar el extenso de la sentencia de medida cautelar de suspensión de los efectos del acto administrativo, de acuerdo a lo ordenado en la celebración de la audiencia oral de fecha 10 de mayo del corriente año, y visto de que en horas de las (9:00 a.m) de la mañana, se presentaron ante este Juzgado Superior un grupo numero de los ocupantes del predio denominado “Hato Los Tramojos”, los cuales se identificaron de la siguiente manera: Jhoan José Estévez Godoy, Ramón Evelio Soto Castillo, Reynaldo Antonio Montenegro Rivero, Carlos Eduardo Tarazona Bolívar, Yovani Ramón Nieves Rico, Yaritza Zuleima Torres Osto, Lorenza Ermelinda Pérez, Luis Torres Mendoza, Maritza Josefina Peña Viera, Norma Jesús Paz Torres, Enio León Montes Manrique, María Bibiana Miranda Mellado, Jackson Joel Castillo Morillo, Vicente Ramos Gutiérrez, Ángel Ramón Rangel, Williams José Palacios, Fortunato Tovar Gerder, Wilmer Enrique Almerida Rodríguez, Osmar Espinoza, Andrés Eleazar Ochoa Flores, Carlos José Bolívar Cedeño, Osmel Yohenns Rangel Seijas, Deivis Manuel Alvarado Rangel, Rodolfo José Bussano, Wilfredo De Jesús Belisario Venegas, Edgar Alexander Hernández Rangel, Luis Omar Rodríguez, y Nancy Coromoto Rangel, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.272.395, V- 16.976.289, V- 14.948.932, V- 24.347.039, V- 8.198.488, V- 15.481.532, V- 15.481.532, V- 9.597.482, V- 13.433.185, V- 9.871.249, V- 5.514.953, V- 8.195.122, V- 16.000.024, V- 16.144.493, V- 10.622.099, V- 7.222.373, V- 8.616.265, V- 11.239.496, V- 9.876.348, V- 5.157.347, V- 9.874.722, V- 20.521.378, V- 18.220.892, V- 11.757.562, V- 17.603.481, V- 16.000.057, V- 11.758.306, y V- 12.581.910, asistidos por el Defensor Público Auxiliar Agrario Antonio José Caldera, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.795.578, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 271.036, a fin de sostener una reunión en la cual solicitan 1.- Una nueva inspección judicial en el predio antes mencionado, 2.- Cada uno de los ocupantes mediante actas individualizadas solicitan al Propietario del Hato Los Tramojos, indemnización de las bienhechurías que han fomentado dentro del predio; 3.- que solicitan al INTI reubicación en un terreno en las mismas condiciones del predio que ocupan y así cesarían en su ocupación en el Hato los Tramojos. Ahora bien, vista las solitudes efectuadas este Tribunal Superior acuerda librar oficio instando al Presidente del Instituto Nacional de Tierras a dar cumplimiento a las medidas dictadas por este Juzgado Superior, en fechas 10 de febrero y 07 de abril del corriente año; y en consecuencia este Juzgado Superior se pronunciara en relación a la medida cautelar de suspensión de los efectos del acto administrativo solicitada una vez que Instituto Nacional de Tierras informe a este Tribunal la forma, lapso y ubicación de las reubicaciones acordadas. Líbrese oficio.


LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR

EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES G.
Exp: N° JSAG-455-2017.
MGS/IR/lp.