REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO ACCIDENTAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
San Juan de los Morros, 16 de Mayo 2.017.
207º y 158º

Visto el oficio Nº 2017-216, de fecha 22 de febrero de 2017, recibido por este Juzgado Superior en fecha 16 de mayo de 2017, proveniente del Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Estado Miranda, en el cual remite Exhorto Nº 426-2016, nomenclatura particular de ese despacho, constante de diez (10) folios útiles, debidamente cumplido, es por ello que este Juzgado Superior ordena agregar dicho exhorto a la presente causa. Asimismo se informa a las partes que una vez haya transcurrido la suspensión de la causa realizada por las partes iniciará el lapso a que hace referencia el artículo 108 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General e la República Bolivariana de Venezuela. Es todo. Cúmplase.-


LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.


EL SECRETARIO.
IRVING LEONARDO REYES.





Exp.: Nº JSAG-426-2016.-
MG/IR/Ef.-