REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO ACCIDENTAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
San Juan de los Morros, 25 de Mayo 2.017.
207º Y 158º
Visto que por auto de esta misma fecha, se ordenó cerrar la segunda pieza del cuaderno separado de la medida cautelar de protección a la actividad agropecuaria, constante de setecientos cuatro (704) folios útiles, asimismo se ordena abrir la tercera pieza la cual seguirá el correlativo siguiente al número de folios al cual se cerró el presente expediente signado con el N° JSAG-455-2017. En consecuencia se ordena ABRIR una tercera pieza de conformidad con lo establecido en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil. Es todo Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR,
MARGARITA GARCIA SALAZAR.
EL SECRETARIO
IRVING LEONARDO REYES.
Exp.: Nº JSAG-455-2017.-
MG/IR/lp.-