REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 25 de Mayo de 2017.
206° y 158°

En el día de hoy, jueves 25 de mayo del año 2.017, siendo la una y treinta de la tarde (1:30 p.m.) hora fijada, a los fines de que tenga lugar la audiencia oral de conformidad con el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en la causa Nº JSAG-457-2017, en virtud del Recurso Apelación cursante por este Juzgado Superior, se deja constancia que se encuentran presentes en la Sala de Audiencias de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, la Jueza Margarita García Salazar, el Secretario Irving Leonardo Reyes, y el Alguacil Delvis Méndez; asimismo se deja constancia que se encuentra presente en este acto la abogada Yngrid Josefina Aquino Infante, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.623.143, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 31.312, en representación de la ciudadana Rosa Evelia Duarte, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.642.668, igualmente de deja constancia que se encuentra presente el abogado José Arquímedes Díaz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.808.354, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 60.919, representando a los ciudadanos Luis Castillo, Dari Carrero, Francisco Javier Escobar, Mauro Rojas y Rafael Gutiérrez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. V-17.374.259, V-15.811.803, V-10.266.048, V-10.268.422 y V-6.943.635, respectivamente, (En su condición de Apelante). Asimismo se deja constancia que se encuentra presente el ciudadano Tcnel. Antonio José Villasana Valera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.999.363, Coordinador del Estado Guárico del Servicio de Policía Administrativa Especial y de Investigación Penal para el Eco-socialismo de la Guardia Nacional Bolivariana. Seguidamente toma el derecho de palabra la ciudadana Juez Superior la cual expone: Oído el objeto de la presente audiencia se le concede el derecho de palabra al Abogado José Arquímedes Díaz el cual expuso: “…Buenas tardes, desde el año 2011 mis representados venían ejerciendo de forma pasiva la producción, el INTI mediante inspección realizada dejo constancia de la siembra de caña de azúcar, plátano, topocho, quinchoncho, eso era comercializado a la población de Guardatinajos, ellos tenían su producción, la cual fue destrozada. El artículo 19 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario habla de que se reconoce el conuco como fuente histórica de la biodiversidad agraria, así como el artículo 20 de esta Ley que habla de la permanencia de la tierra, ellos vendían a la población de Guardatinajos vendían los plátanos en 100 bolívares, cuando en un mercado el costo es de 380 bolívares, dejando indefensa a esa población la cual está pasando hambre. Ahora bien por principio de inmediación era necesaria la inspección solicitada, además estuvieron privados de libertad y posteriormente liberados por cuanto no existe por producir alimento, ellos tienen permiso de reforestar, también como productores de alimento a esta población. Es por lo que solicito a esta instancia la medida da revocada y sea acorde a la situación. Mis representados están haciendo la regularización de tierras, también están haciendo la solicitud de adjudicación de tierras…”. Asimismo se le concede el derecho de palabra al
Ciudadano Francisco Jabiel Escobar el cual expuso: “…vamos para 7 años más o menos en esas tierras, desde el año 2010, hemos sembrado plátano, tomate, cambur, cebolla, quinchoncho, todo rubro comestible, nosotros vendíamos la semilla de plátano de achaguas y cortábamos semanal 6 dedos de plátanos, 23 racimos de plátanos, 300 kilos de ají semanal …”. Igualmente toma el derecho de palabra el ciudadano Mauro Alexander Rojas Díaz el cual expuso: “…allí tenemos menos de 2 hectáreas y estamos cerca del rio. El 24 de enero a las 11 de la mañana, estaba limpiando el ají y llegaron unos representantes del CICPC y me llevaron 2 de la policía y 2 de la guardia y me preguntaron por mis papeles buscamos a otros del colectivo, cuando llegue todos estaban montados en una camioneta, nos llevaron a la sede del CICPC, nos investigaron tomaron, tomaron fotos, nos metieron presos por 72 horas, nos presentaron al tribunal nos asignaron una defensora llamada Thanea Urbaneja, el tribunal se declaro incompetente…” seguidamente toma el derecho de palabra la Abogada Yngrid Josefina Aquino Infante la cual expuso: “…Estoy actuando en nombre de la ciudadana Rosa Evelia Ferreira y Antonio Ferreira, dueños del fundo Las Nieves, ellos adquirieron ese fundo de forma legal e instrumento público, han cumplido con todos los documentos de regularización de tierras ante el INTI, ellos tienen ganado de 900 y tantos reses, todo lo que ellos. Todo lo que los señores dicen debe ser probado, mis representados solicitaron medida de protección ambiental por cuanto se les escapaba de sus manos. A mis representados le cortaron cerca, metieron motos, talaron, quemaron dañando el ambiente. La Ley Agraria y La Constitución le dan las facultades al Juez de proteger el ambiente. La carne que ellos producen es para el consumo de nosotros y esto lo vemos reflejado en los artículos 305 y 306 de la Constitución. En este año 2017, se ratifica la medida, doctora cuando el juez dicta la medida lo hace bajo la sentencia Nº 962, de fecha 09 de mayo de 2016, caso cervecería polar. Le pido a usted ratifique esa medida con el fin de proteger el ambiente y proteja la producción agroalimentaria de la nación…”. De este modo el Tcnel. Antonio José Villasana Valera el cual expuso: “…hemos hecho muchas cosas en este caso una de ellas es sobre la cuenca estratégica, otra sobre la cuenca para el consumo humano, una vez fue una comisión multidisciplinaria en la cual se le explico a ellos que no podían estar allí por cuanto era un área protegida, estos señores ya están notificados y no quieren atender a lo que se les dice. Una vez me lleve uno de ellos para investigar y se les notifico y se les hizo de su conocimiento para que hiciera sus denuncias correspondientes al Tribunal Agrario; el representante del INTI Jean Carlos Díaz, ya tenía un predio para su reubicación, yo le pido a usted que haya un consenso y se concientice de no entrar más para allá, es preocupante los daños ambientales doctora, ya hemos hecho inspecciones, hemos dejado constancia de charlas que se les ha hecho a ellos. Yo me ofrezco a entregarles reseñas fotográficas que son las que envió a Caracas en las circunstancias que lo encontramos y en las que se encuentran ahorita. De esta manera le consigno oficio Nº CO-DGA-CEGA-G: 00035, DE fecha 23 de mayo de 2017, correspondiente al Acta de Investigación Policial, constante, constante de cincuenta y siete (57) folios útiles…”. De esta manera la Juez Superior expone: “…se deja constancia que se les da un lapso de cinco (05) días para que el Ministerio de Eco-Socialismo y Agua para que presenten informe de los daños ambientales causados en ese predio y al Instituto Nacional de Tierras (INTI) para que de un estatus de estos ocupantes u colectivo…”

Asimismo este Tribunal deja constancia que se observo escrito del ciudadano Dari Carrero, de fecha 15-05-2017, dirigido al Ministerio del Ecosocialismo y agua Calabozo del Estado Guárico, formulando denuncia en contra del ciudadano Antonio Ferreira, titular de la cédula de identidad Nº V-7.119.744, dueño del Hato La Nieves, sector Morichal el cual cerco la orilla del rio Tiznado para agrandar dicho Hato para sus propios beneficios talando y haciendo pica con maquinarias pesadas.

Igualmente se observo escrito del ciudadano Rafael Gutiérrez, de fecha 08-05-2017, dirigido al Ministerio del Ecosocialismo y agua Calabozo del Estado Guárico, formulando denuncia en contra del ciudadano Antonio Ferreira, titular de la cédula de identidad Nº V-7.119.744, dueño del Hato La Nieves, sector Morichal, abriendo picas, arrastrando arboles con tractor dañando la vegetación de la orilla del rio, tirando la cerca a la misma orilla, con el fin de ampliar las bienhechurías del fundo Las Nieves.

En consecuencia, Este Tribunal Superior de conformidad con lo dispuesto en el tercer aparte del artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual establece:
“…Verificada esta audiencia, se dictará sentencia en audiencia oral dentro de los tres días de despacho siguientes a la preclusión de la misma. El juez o jueza deberá extender la publicación del fallo en el expediente, dentro de los diez días continuos siguientes al proferimiento oral de la sentencia…”
Una vez consten los informes solicitados al Ministerio de Eco-Socialismo y Agua del Instituto Nacional de Tierras (INTI), se fijará por auto separado la fecha para celebrar la audiencia para la lectura del fallo. Es este estado, se declara culminado el acto. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. Siendo las 3:05 p.m.





LA JUEZ,
MARGARITA GARCÍA SALAZAR



La Apoderada judicial
De la parte Accionante
Abg. Yngrid Josefina Aquino Infante.-
Inpreabogado N° 31.312.-

El Abogado asistiendo
a la parte Demandada (Parte Apelante)
Abg. José Arquímedes Díaz.
Inpreabogado N° 60.919.-



Ciudadano Luis Javier Castillo Escobar.-



Ciudadano Dari Esteban Carrero Mireles.-



Ciudadano Francisco Jabiel Escobar.-



Ciudadano Mauro Alexander Rojas Díaz.-



Ciudadano Rafael Dionicio Gutiérrez González.-



Coordinador del Estado Guárico del Servicio de Policía Administrativa Especial
y de Investigación Penal para el Ecosocialismo de la Guardia Nacional Bolivariana.
Ciudadano Tcnel. Antonio José Villasana Valera.




El Alguacil
Delvis Méndez;



EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES.





Exp.: Nº JSAG-457-2017
MG/IR/Ef.