REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciséis (16) de mayo de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

Visto que en fecha doce (12) de mayo de dos mil diecisiete (2017), se recibió ante la Unidad de Recepción y Distribución (URDD) de este Juzgado, diligencia suscrita por el abogado Rubén Teodoso PARACO (INPREABOGADO Nº 67.775), en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana AURA ROSA GONZÁLEZ RAMIREZ (Cédula de Identidad Nº 6.250.611 e INPREABOGADO Nº 239.235), mediante la cual solicitó: “...me sean devueltos previa su certificación en autos los documentos cursante a los folios 7 al 20 ambos inclusive, asi como tambien el cursante a los folios 32 al 45. De la misma manera solicitó copia certificada de los folios 88 al 94, ambos inclusive...”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, acuerda previa consignación de los fotostatos el desglose de los folios 07, 20, 44 y 45 por cuanto constan en original en el expediente y los folios 08 al 19 y del 32 al 43 por cuanto constan en copias certificas, dejándose en su lugar, copia fotostática debidamente certificada, finalmente en relación a la solicitud de copias certificada, este Juzgado acuerda las mismas por constar en original en los folios 88 al 94 y sus vueltos.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES





Exp. Nº JP41-G-2016-000029
RADZ/GCMM/ejph