REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, tres (03) de mayo de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

Vista la comunicación recibida en fecha veintiséis (26) de abril de dos mil diecisiete (2017), mediante la cual el abogado Alexis Antonio RAMOS (INPREABOGADO Nº 85.848), actuando en su carácter de Síndico Procurador del Municipio Juan Germán Roscio Nieves del estado Bolivariano de Guárico, mediante la cual solicitó: “…muy respetuosamente a este Órgano Jurisdiccional, si así lo considera prudente, estudie la posibilidad de convocar a las partes a un acto, con el objetivo de ser posible, llegar a un acuerdo, haciendo uso de los medios alternativos a la resolución de conflictos, para hacerle entrega de los bienes muebles, dando cumplimiento a la sentencia…”. Este Juzgado, en virtud de lo anterior y a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva, así como los derechos constitucionales de las partes, ordena realizar una audiencia conciliatoria en la Sede de este Juzgado para el quinto (5º) día de despacho siguiente a las diez antes meridiem (10:00 am), y ordena notificar a las partes del presente auto, una vez conste en autos la última de las notificaciones ordenadas empezara a computarse el lapso para que tenga lugar la referida audiencia conciliatoria. Líbrese oficios.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES




Exp. Nº JP41-G-2014-000041
RADZ/GCMM/ejph