REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, veinte (20) de Noviembre del 2017.
(207° y 158°)
EXPEDIENTE Nº JSAG-507-2017.-
Por recibido en fecha (20/11/2017), bajo el Oficio Nº 0158-2017 de fecha (19/07/2017), emanados del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de esta misma Circunscripción Judicial, remitiendo adjunto, Expediente Nº X-2016-4529, relacionado con el Recurso de Apelación ejercido por el profesional del derecho Johnny Gregorio Hernández Oropeza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.752.130, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 49.360, parte demandante, Contra de la decisión dictada por el aquo en fecha 26 de Abril del 2017, conformado por una pieza (01), constante de noventa y tres (93) folios útiles, incluyendo el referido Oficio, inclusive la caratula; relacionado con el juicio por Acciones Declarativas de Petitorias, Reivindicatorias y Posesorias en Materia Agraria y Acciones Derivadas de Perturbaciones a Daños a la Propiedad o Posesión Agraria, incoado por los ciudadanos María Alejandra Hernández Fernández, Julio Cesar Hernández Fernández, Gregorio José Hernández Fernández y José Manuel Hernández Fernández contra los ciudadanos Julio Cesar Barrios Rojas y Edith Coromoto Fernández Gallardo; en virtud del Recurso de Apelación ejercido en fecha (08-05-2017), mediante diligencia, contra la sentencia dictada por el a quo en fecha (26/04/2017). En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario, le da entrada por Secretaría, signándole el número JSAG-507-2017, (nomenclatura particular de este Juzgado Superior), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil; fijando un lapso de ocho (08) días de despacho para promover y evacuar las pruebas permitidas en segunda instancia, vencido el lapso probatorio, este Juzgado Superior fija Audiencia Oral, por auto separado, conforme a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Cúmplase.
LA JUEZA,
DRA. YSABEL ESTRELLA MASABE RODRIGUEZ.
EL SECRETARIO,
RAMON CARPIO.
EXPEDIENTE Nº JSAG-507-2017.-
YSMR/RC/sm.-