REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, tres (03) de Noviembre de (2017)
(207° y 158°)
EXPEDIENTE Nº JSAG-464-2017.

Visto el oficio N° 2017-642, remitido por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Estado Miranda, de fecha 25 de octubre del año en curso, mediante el cual remiten a este Juzgado Superior Agrario, comisión debidamente cumplida en sus resultas N° 2017-1963, contentivo de los oficios N° JSAG-387/2017 y JSAG-388/2017, de fecha 12 de junio 2017, y por cuanto en fecha once (11) de octubre de dos mil diecisiete (2017), la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia me designó Jueza Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, y prestado el debido juramento de Ley en fecha (18-10-2017), verificado así mismo, mi toma de posesión de funciones en este Tribunal en fecha veintitrés (23) de octubre de (2017), según consta en Acta Nº 36 del Libro respectivo llevado por este Despacho; en aras de otorgar las vías y medios procesales contemplados en nuestra normativa legal me ABOCO al conocimiento de la presente causa. Ahora bien de la revisión de los autos que conforman el presente expediente se vislumbra que en fecha 30-06-2017, este Juzgado Superior, dicto sentencia declarando LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, incoado por el profesional del derecho José Arquímedes Díaz, titular de la cédula de identidad Nº V-8.808.354, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 60.919, en representación de la ciudadana Rosa María Perdomo Delgado, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-825.221 y por cuanto en fecha 26/07/17, se recibió diligencia presentada por el abogado José Arquímedes Díaz, antes identificado, donde se da por notificado de la sentencia dictada por este Juzgado Superior, en virtud de ello se constata que ya fue notificado de la misma.

Por consiguiente, este Tribunal Superior ordena practicar por Secretaría, el cómputo de los cinco (05) días de Despacho siguientes a que hace referencia el artículo 174 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el artículo 298 del Código Civil Venezolano, desde el día 26 de Julio de 2017 (exclusive), fecha en la cual consta la notificación del abogado José Arquímedes Díaz, hasta el 02 de Agosto de 2017 (inclusive). Cúmplase.

LA JUEZ SUPERIOR,
YSABEL ESTRELLA MASABE
EL SECRETARIO,
RAMÓN ANTONIO CARPIO.

Quien suscribe, ABG. RAMÓN ANTONIO CARPIO, Secretario del Juzgado Superior Agrario del Estado Guárico, HAGO CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Juzgado Superior, se evidencia: Que los cinco (05) días de despacho, a que hace referencia el artículo 174 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario en concordancia con el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, transcurrieron desde el día 27 de Julio de 2017 (Inclusive), hasta el día 02 de agosto de 2017 (Inclusive), a saber los días, Jueves 27, Viernes 28, Lunes 31 de julio de 2017, Martes 01 y Miércoles 02 de agosto de 2017 (Inclusive).
EL SECRETARIO.
RAMÓN ANTONIO CARPIO.

Practicado como fue el cómputo por Secretaría se evidencia que desde el día 27 de Julio de 2017 (exclusive), hasta el día 02 de Agosto de 2017 (Inclusive), transcurrieron los cinco (05) días de Despacho para que las partes ejercieran el Recurso Ordinario de Apelación por lo que habiendo transcurrido íntegramente el lapso previsto en el artículo 174 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el artículo 298 del Código Civil Venezolano, sin que se interpusiera Recurso Ordinario de Apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 30 de Junio de 2017, es por ello que este Juzgado Superior declara definitivamente firme la sentencia y en consecuencia se ordena el cierre del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial. CÚMPLASE.


LA JUEZ SUPERIOR,
YSABEL ESTRELLA MASABE
EL SECRETARIO,
RAMÓN ANTONIO CARPIO.





EXPEDIENTE N° JSAG-464-2017
YEM/RAC/lp.