REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 07 de Noviembre de 2.017
207° y 158°

Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Instancia Judicial Agraria, advierte que por auto dictado en fecha 03 de Octubre de 2.017, se fijó de oficio la practica de Inspección Judicial para el día 22 de Noviembre de 2.017, a las once y treinta horas de la mañana (11:30 a.m.), en consecuencia, mal puede considerarse evacuada la misma, en atención a que es un medio probatorio que se considera necesario para el mejor esclarecimiento de la verdad. Así las cosas, en virtud a lo dispuesto en los artículos 222 y siguientes de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se acuerda diferir la celebración Audiencia Probatoria, previamente fijada para el día de hoy, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), y una vez conste en autos la practica del acto procesal supra mencionado se fijara nueva oportunidad para la celebración de la misma.

HUMBERTO MORALES PADRON.
EL JUEZ,

LILIANA MOGOLLON.
LA SECRETARIA,






HMP/LM/jc
Exp. N° 383-16