REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUÁN Y SAN GERÓNIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.
SOLICITUD Nº 16.102-17
PARTE SOLICITANTE: OLGA YAMILETH SEQUERA DE SILVA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.071.450, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: HUGOC. RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 95.719, de este domicilio.
MOTIVO: RECONOCIMIENTO EN CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO.
ASUNTO: DECLINATORIA DE COMPETENCIA.
Por recibida la presente solicitud de Reconocimiento en Contenido y Firma de Documento Privado y sus anexos, previa distribución de fecha 15/11/2017; este tribunal ordena darle entrada, anotarla y numerarla en el libro respectivo.
Conoce este tribunal de la mencionada solicitud presentada por la ciudadana OLGA YAMILETH SEQUERA DE SILVA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.071.450, asistida por el Abogado HUGO C. RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 95.719, en la que solicita a este juzgado que se sirva citar a los ciudadanos ALCIDES JOSEFINA UVIEDO SOSA, JOSE VICENTE UVIEDO SOSA, AGUSTINA DEL CARMEN UVIEDO SOSA, RAMONA SOVEIDA UVIEDO SOSA, MILAGROS COROMOTO UVIEDO SOSA, FRANKLIN ALEXIS UVIEDO SOSA, ANGELA MARIA LINARES BLANCO, MARIO ADOLFO UVIEDO RODRIGUEZ, CARMEN HAYDEE UVIEDO RODRIGUEZ, CARLOS EFRAIN UVIEDO RODRIGUEZ, JOSE ANTONIO UVIEDO RODRIGUEZ, FRANCISCO ANTONIO PEREZ, PETRA MARGARITA RODRIGUEZ, AVILIA LEONOR RODRIGUEZ, TOMASA ANTONIA RODRIGUEZ, TOMAS ANTONIO PEREZ, SANTOS MIGUEL SOSA, JOSE URBANO SOSA y MEDARDA MARIA RODRIGUEZ DE BARRIOS, para que comparezca por ante este despacho a objeto de que Reconozcan el Contenido y Firma del documento de la venta privada, de fecha 15 de Noviembre del año 2.017, que le hicieron, PRIMERO: UN TRACTOR *E221811*, MARCA FORD 5.000, SEGUNDO: UNA RASTRA DE 16 DISCO, TERCERO: UNA ROTATIVA, CUARTO: UNA SEMBRADORA DE 2 HILOS.
Como punto previo debe el Tribunal pronunciarse sobre su competencia para conocer de la presente solicitud previa las siguientes consideraciones:
El Tribunal estima que la competencia por la materia es de orden público y puede ser revisada aún de oficio por el Juez en cualquier estado y grado del proceso.
La solicitante en su escrito manifiesta:
“… Solicito al tribunal que se sirva citar en la oficina del Abogado HUGO RODRIGUEZ, ubicada en la Calle 7, entre Carreras 13 y 14, Edificio EL PERASITA, de esta ciudad de Calabozo estado Guárico, a los ciudadanos ALCIDES JOSEFINA UVIEDO SOSA, JOSE VICENTE UVIEDO SOSA, AGUSTINA DEL CARMEN UVIEDO SOSA, RAMONA SOVEIDA UVIEDO SOSA, MILAGROS COROMOTO UVIEDO SOSA, FRANKLIN ALEXIS UVIEDO SOSA, ANGELA MARIA LINARES BLANCO, MARIO ADOLFO UVIEDO RODRIGUEZ, CARMEN HAYDEE UVIEDO RODRIGUEZ, CARLOS EFRAIN UVIEDO RODRIGUEZ, JOSE ANTONIO UVIEDO RODRIGUEZ, FRANCISCO ANTONIO PEREZ, PETRA MARGARITA RODRIGUEZ, AVILIA LEONOR RODRIGUEZ, TOMASA ANTONIA RODRIGUEZ, TOMAS ANTONIO PEREZ, SANTOS MIGUEL SOSA, JOSE URBANO SOSA y MEDARDA MARIA RODRIGUEZ DE BARRIOS, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.267.073, Nº V-11.797.508, Nº V-12.477.935, Nº V-13.820.668, Nº V-16.913.810, Nº V-14.925.640, Nº V-16.384.904, Nº V-10.273.546, Nº V-15.812.886, Nº V-10.265.500, Nº V-9.087.216, Nº V-8.740.651, Nº V-8.630.364, Nº V-8.625.028, Nº V-8.621.270, Nº V-8.634.370, Nº V-8.624.008 y Nº V-8.620.222, domiciliados en esta ciudad de Calabozo estado Guárico, para que comparezca por ante este despacho a objeto de que RECONOZCAN EL CONTENIDO Y FIRMA, del documento de la venta privada, de fecha 15 de Noviembre del año 2.017, que le hicieron, PRIMERO: UN TRACTOR *E221811*, MARCA FORD 5.000, SEGUNDO: UNA RASTRA DE 16 DISCO, TERCERO: UNA ROTATIVA, CUARTO: UNA SEMBRADORA DE 2 HILOS, todo de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil… (omisis)…”. Fin de la cita.
Según Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial Nº 39-152, de fecha 02 de Abril de 2009, los Tribunales de Municipio tienen atribuida competencia para conocer de solicitudes de Jurisdicción Voluntaria, en materia Civil, Mercantil y Tránsito, no así en materia Agraria.
Ahora bien, tratándose de una solicitud contentiva del Reconocimiento en Contenido y Firma de un documento privado, cuyos bienes muebles objeto de dicha venta son implementos de uso agrícola, su conocimiento corresponde al Tribunal Agrario competente territorialmente por la materia, dado a que es el Juez Natural de acuerdo con el artículo 49, ordinal 4, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quien debe conocer del asunto.
En consecuencia, este tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud y DECLINA su conocimiento al Juzgado Competente, que lo es el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en esta ciudad de Calabozo.
A los fines de interponer los recursos de ley, déjese transcurrir el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, y remítase en su oportunidad la totalidad de las actas procesales originales al Tribunal competente. Désele salida al presente expediente en el libro respectivo y Ofíciese. Así se decide.
Regístrese, publíquese, y déjese copia certificada para el archivo de este juzgado. A tales fines se autoriza al alguacil de este tribunal para la elaboración de las copias y suscriba las mismas conjuntamente con la secretaria.
DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERÓNIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, con sede en la ciudad de Calabozo, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. (24-11-2017).
AÑOS: 207º DE LA INDEPENDENCIA Y 158º DE LA FEDERACIÓN.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. YUMARA CAMACHO
LA SECRETARIA,
ABG. OLIVIA PÁEZ
En la misma fecha, siendo las 03:25 horas de la tarde, se publicó la anterior decisión.-
LA SECRETARIA,
YC/OP.-
Solicitud Nº 16102-17
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