REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE (2017).-

207º y 158º
Actuando en Sede Civil
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
SOLICITANTES: LAURA ALBERTINA MATA MAURELL.-
EXPEDIENTE: Nro. 17-8206.-
Nro. SENTENCIA: 22-28112017.-
I
Vista la solicitud presentada por la ciudadana LAURA ALBERTINA MATA MAURELL, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.144.319, de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio JACINTO MEDINA BRAVO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 158.573, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de terreno municipal, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de Autorización consignada junto a la solicitud, que el inmueble se encuentra ubicado en la Transversal dos del Sector Los Jabillos, Parroquia San Rafael de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, constante de una superficie de: DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (289,69 Mts2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Solar y casa de Gisela Landaeta, en veinticuatro metros con ochenta centímetros (24,80 mts); Sur: Solar y casa de Mary Flores, en veinticinco metros (25,00 mts); Este: Solar y casa de Zoraida Landaeta, en once metros con cuarenta centímetros (11,40 mts) y, Oeste: Transversal dos, que es su frente, en doce metros con noventa centímetros (12,90 mts).- Asimismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los ciudadanos ELIARI STEVANI LEDEZMA CALERA e BERNIN JULIANI ROMERO SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 21.582.501 y 16.236.908, respectivamente, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurías sobre el terreno municipal anteriormente identificado.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con Sede en Altagracia de Orituco, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana LAURA ALBERTINA MATA MAURELL, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.144.319, de este domicilio.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a la solicitante y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Diarícese.- Publíquese.- Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los Artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.- En Altagracia de Orituco, a los veintiocho (28) días del mes de noviembre de dos mil diecisiete (2017).- Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. MONICO A. AQUINO GUERRERO.-
EL SECRETARIO,


ABG. ASTROBERTO H. LOPEZ L.-
En ésta misma fecha siendo las 03:10 p.m. se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.----------------------------------------------------------------------------------------------
EL SECRETARIO,


MAAG/yv.-
Sol. Nro. 17-8206.-