REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, quince de noviembre de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: AP31-S-2017-005324
Visto la diligencia de fecha 10 de noviembre de 2017, presentada por la ciudadana LEBIMAR ALBILES SUAREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-25.771.208, asistida por la abogada BERTILIA ZERPA GUILLEN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 73.126, mediante la cual señaló la imposibilidad de dar cumplimiento con lo ordenado por este Tribunal en fecha 10 de octubre de 2017, en lo que concierne a la consignación del permiso de construcción, emitido por la Dirección de Ingeniería Municipal correspondiente, en atención al numeral 2, literal “A” del artículo 56 y 61 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y los artículos 53 y 55 de la Ley Orgánica de Ordenación del Territorio. En consecuencia, visto que se evidencia que no existe tal permiso para la construcción de la bienhechuría objeto de la solicitud y menos aun permiso de habitabilidad, contrariando con ello el ordenamiento jurídico vigente, este tribunal se ve forzado a negar como en efecto NIEGA la declaración de TITULO SUFICIENTE, solicitada por la ciudadana antes mencionada, y así se decide.
EL JUEZ
NELSON GUTIERREZ CORNEJO
EL SECRETARIO,
RHAZES I. GUANCHE M.
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