REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 19 de Octubre de 2.017
207° y 158°

Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Instancia Judicial Agraria, advierte que por auto dictado en fecha 23 de febrero de 2.017, se admitieron las pruebas promovidas por las partes intervinientes en el presente proceso, sin que conste en autos la totalidad de las resultas. Ahora bien, en atención a que son medios probatorios que se consideran necesarias para el mejor esclarecimiento de la verdad, es por lo que se acuerda diferir la Audiencia Probatoria, previamente fijada para el día de hoy, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), mediante auto de fecha 17 de Marzo de 2.017 y una vez conste en autos las resultas correspondientes, se fijará nueva oportunidad para la celebración de la misma de lo cual serán debidamente notificadas las partes. En ese mismo orden y con respecto a los testimoniales de los ciudadanos Juan Carlos Morillo, Migdalia Pérez, Ángel Morillo, Luís Báez, José López y Legbar Enrique Correia Bueno identificados en autos, igualmente serán evacuados en la oportunidad de la celebración de la Audiencia Probatoria. Así se decide.

HUMBERTO MORALES PADRON.
EL JUEZ,

LILIANA MOGOLLON.
LA SECRETARIA,






HMP/LM/mo
Exp. N° 392-16