REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, trece (13) de octubre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-R-2016-000196 nomenclatura de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº 2017-1752, de fecha veintiocho (28) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano EUGENIEL CELESTINO GUZMÁN (Cédula de Identidad 18.784.090), asistido de abogado, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO). Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), la cual se declaró “…1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación (...) 2. PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido. 3. CONFIRMA CON LA REFORMA ezpuesta en la motiva del fallo, la sentencia de apelación…”, en consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA


La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES




Exp. Nº JP41-G-2015-000051
RADZ/GCMM