REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diecinueve (19) de octubre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º
Vista la diligencia de fecha once (11) de octubre de 2017 mediante la cual el abogado Leonid LEDON (INPREABOGADO Nº 156.736), actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CONSTANZA BEATRIZ COLMENARES (Cédula de Identidad Nº 7.278.868), expresó: “…estando la oportunidad para impugnar la experticia presentada por la contadora URSULA MARIA PARENTE APONTE, para desconocer dicho monto fijado como experticia complementaria del fallo, lo hago a raíz de que el tribunal no le fijo un lapso para su presentación y desde su juramentación hasta el 28 de septiembre transcurrieron mas 11 días, lo q significa que este tribunal debió haber ordenado la notificación de las partes...” (sic).Y a su vez expresó: “…rechazo dicho monto y todo lo que derivé del supuesto trabajo realizado por la contadora URSULA MARIA PARENTE APONTE…” (sic). Este Juzgado; por cuanto la experticia complementaria del fallo no ha sido notificada ordena la notificación de la mencionada experticia a los ciudadanos ALCALDESA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO y a la SÍNDICA PROCURADORA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, así mismo este Tribunal advierte que una vez conste en auto la última de las notificaciones el Juez pasara a pronunciarse sobre lo solicitado, para lo que la parte actora deberá proporcionar los fotostatos necesarios.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria Temporal,
Abog. MARÍA A. DE FIGUEIREDO.
Exp. Nº JE41-G-2007-000082
RADZ/MAFF