REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veinte (20) de octubre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º
Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-Y-2017-000004 nomenclatura de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº CSCA-2017-002576, de fecha tres (03) de octubre de dos mil diecisiete (2017), contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Carlos Enrique TORREALBA (INPREABOGADO Nº 116.734) apoderado judicial de la ciudadana DILIA MARÍA CELIS DE LÓPEZ (Cédula de Identidad Nº 2.522.839), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha ocho (08) de febrero de dos mil diecisiete (2017), la cual declaró “…1.- Que es COMPETENTE para conocer la consulta de la decisión dictada (...) 2.- PROCEDENTE la consulta de la ley planteada y en consecuencia, CONFIRMA la sentencia dictada el 25 de septiembre de 2015 …”, en consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria Temporal,
Abog. MARÍA A. DE FIGUEIREDO.
Exp. Nº JE41-G-2006-000101
RADZ/MAFF