REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticinco (25) de octubre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º


Vista la diligencia de fecha dieciocho (18) de julio de dos mil diecisiete (2017), mediante la cual la abogada Narky NAVARRO VERENZUELA (INPREABOGADO Nº 54.765), actuando en su carácter de apoderada judicial de la CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT C.A., apeló de la sentencia Nº PJ0102017000038, dictada por este Juzgado en fecha veintiocho (28) de marzo de dos mil diecisiete (2017), en la que declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE VALLE DE LA PASCUA DEL ESTADO GUÁRICO.

Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida, por tanto, se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem, según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese oficio respectivo.
El Juez,

Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES




Exp. Nº JE41-G-2010-000079
RADZ/GCMM