REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticinco (25) de octubre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º


Vista la diligencia de fecha siete (07) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), mediante la cual la abogada Glenda Milagros VARGAS PEREZA (INPREABOGADO Nº 218.834), actuando en su carácter de apoderada judicial de la Procuraduría General de la República, apeló de la sentencia Nº PJ0102016000041, dictada por este Juzgado en fecha veinticinco (25) de abril de dos mil dieciséis (2016), en la que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano NEOLY OMAR MIRANDA (Cédula de Identidad Nº 3.882.926), entonces asistido por el abogado Simón Arturo PEÑA AGUILERA (INPREABOGADO Nº 157.319), contra el SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL (SEBIN).

Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida, por tanto, se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem, según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese oficio respectivo.
El Juez,

Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES




Exp. Nº JP41-G-2013-000064
RADZ/GCMM