REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticinco (25) de octubre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

Revisadas las actuaciones del presente asunto, contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Leonid Lenin LEDON FAGUNDEZ (INPREABOGADO Nº 156.736) actuando como apoderado judicial de los ciudadanos MIGUEL ANTONIO APONTE RENGIFO (Cédula de Identidad Nº 6.624.915) y MARÍA MERCEDES GARCÍA RUBIO (Cédula de Identidad Nº 9.594.747), contra el GERIÁTRICO DE CALABOZO, perteneciente al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (INASS), este Juzgado advierte que:
Celebrada como ha sido la audiencia definitiva y sustanciado por completo el expediente, este Juzgado, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva, ordena dictar auto para mejor proveer, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a los fines de que el Procurador General de la Republica, en un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos su notificación, remita a este órgano jurisdiccional Expediente Administrativo de los ciudadanos MIGUEL ANTONIO APONTE RENGIFO (Cédula de Identidad Nº 6.624.915) y MARÍA MERCEDES GARCÍA RUBIO (Cédula de Identidad Nº 9.594.747). Líbrese oficio.
El Juez


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. JP41-G-2016-000049
RADZ/GCMM