Sol. Nº 298-17.
Recibido por Distribución en fecha 26 de SEPTIEMBRE de 2017, escrito presentado por la ciudadana: GERALDINE DE JESUS VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la Cedula de Identidad No. V-14.146.575, contentivo de la solicitud de declaración de TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas Bienhechurías levantadas en un lote de terreno de su propiedad, constante de una superficie de: DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS (245,30M2), ubicado en la URBANIZACION LOS LAURELES, CALLE ESPAÑA, SECTOR SANTA EDUVIGES, CASA N° 30, SAN JUAN DE LOS MORROS MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES DEL ESTADO GUÁRICO, cuyos linderos son: NORTE: Con calle España, en veinticinco metros lineales con diez centímetros (25.10ML); SUR: Con terreno Municipal, en veinticinco metros lineales con diez centímetros (25.10ML); ESTE: Con casa y solar de Virginia Padrón y terreno Municipal, en quince metros lineales con treinta centímetros (15.30 ML) y OESTE: Con casa y solar de María Pastora, en quince metros lineales con treinta centímetros (15,30ML), tal como se evidencia en la respectiva Certificación de Linderos de fecha 06/09/2017, identificada con el Código Catastral N° 12-12-01-URB 14-31, Autorización para evacuar Título Supletorio, emitidos por la Alcaldía Bolivariana del Municipio Juan Germán Roscio Nieves del Estado Guárico.
DISPOSITIVA
En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, de conformidad con el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÀN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y DECRETA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: GERALDINE DE JESUS VILLARROEL, ut supra identificada, sobre una bienhechuría levantada en un lote de terreno Municipal, constante de una superficie de DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS (245.30M2), ubicada en la jurisdicción del Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, en la Urbanización Los Laureles, calle España, Sector Santa Eduviges, casa N° 30, cuyos linderos son: NORTE: Con calle España, en veinticinco metros lineales con diez centímetros (25.10ML); SUR: Con terreno Municipal, en veinticinco metros lineales con diez centímetros (25.10ML); ESTE: Con casa y solar de Virginia Padrón y terreno Municipal, en quince metros lineales con treinta centímetros (15.30 ML) y OESTE: Con casa y solar de María Pastora, en quince metros lineales con treinta centímetros (15,30ML), tal como se evidencia en la respectiva Certificación de Linderos de fecha 06-09-2017. Identificada con el Código Catastral N°12-12-01-URB-14-31; quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros a tenor de lo previsto en el artículo 898 eiusdem.
Regístrese y expídase copia certificada de la presente resolución, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Devuélvase las anteriores actuaciones a la parte interesada.
Dada, firmada y sellada en el despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en San Juan de los Morros, a los VEINTITRES (23) días del mes de OCTUBRE de DOS MIL DIEZ Y SIETE (2017). (Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación).-
JUEZA PROVISORIA,
ABG. KARLA CAROLINA TORO DE GONZALEZ
LA SECRETARIA TITULAR,
ABOG. YOLY FLORES DE ISTURIZ
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado. Se devuelven los originales constantes de siete (07) folios útiles y dos vueltos, a la parte interesada, quien firmará el libro de solicitudes correspondiente, en prueba de haber recibido la misma.
SECRETARIA
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