REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS CON FUNCIONES DE DISTRIBUIDOR DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO GUARICO.
ALTAGRACIA DE ORITUCO
Actuando en Sede Civil

Altagracia de Orituco, 27 de Octubre del Año 2.017.-

207º y 158º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: ZULAY COROMOTO ESTRADA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 8.998.956 y de este domicilio.-
SOLICITUD: Nro. 17-8.183.-
Nro. SENTENCIA: 29-27102017.-
I
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ZULAY COROMOTO ESTRADA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 8.998.956 y de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio BIAGGINI ESTANGA MARTINEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 76.027, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de Terreno Municipal, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la AUTORIZACIÓN MUNICIPAL, consignada junto a la solicitud que las bienhechurías se encuentran ubicadas en el camino vecinal con carretera nacional vía Sabana Grande, Parroquia Paso Real de Macaira, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, constante de una superficie de: MIL OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (1085,67 mts2/cm2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Solar y casa de Dimas Fuentes, en treinta y ocho metros (38,00 Mts); Sur: Solar y casa de Juvenal Estrada y Camino Vecinal, en treinta y nueve metros con setenta centímetros (39,70 Mts); Este: Solar y casa de Carmen Estrada, en veintinueve metros con sesenta centímetros (29,60 Mts) y Oeste: Solar y casa de Yesica Seíjas, en veintitrés metros con cincuenta centímetros (23,50 Mts). Asimismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de las ciudadanas ENEIDA SOLEDAD MARTINEZ y YENIFER DEL VALLE VALENCIA VILERA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 22.493.546 y 26.081.498 respectivamente, las cuales son valoradas como levantamiento de las bienhechurías sobre el Terreno Municipal anteriormente identificado.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías descritas a favor de la ciudadana: ZULAY COROMOTO ESTRADA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 8.998.956 y de este domicilio.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a la solicitante y devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Diarícese.- Publíquese.- Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los Artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil.- Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En Altagracia de Orituco, a los veintisiete (27) días del mes de octubre de dos mil diecisiete (2.017).- Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.-
El Juez Provisorio,

ABG. MONICO ANTONIO AQUINO GUERRERO.-
El Secretario,


Abg. ASTROBERTO H. LOPEZ L.-
En ésta misma fecha siendo las 02:55 p.m., se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
El Secretario,

MAAG/mt.-
SOLC. Nro. 17-8.183.-