REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, TREINTA Y UNO (31) DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE (2017).-
207º y 158º
Actuando en Sede Civil
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
SOLICITANTE: EICHLER RAFAEL HERNANDEZ ORTUÑO.-
EXPEDIENTE: Nro. 17-8188.-
Nro. SENTENCIA: 32-31102017.-
I
Vista la solicitud presentada por el ciudadano EICHLER RAFAEL HERNANDEZ ORTUÑO, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 10.498.012, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 255.843, de este domicilio, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LUZ MIRELLA RUIZ CASTRILLO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 3.616.600 y de este domicilio, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de terreno municipal, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de Autorización consignada junto a la solicitud, que el inmueble se encuentra ubicado en la Vereda Nro. 6 de la Urbanización Luis Hurtado Higuera, Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, constante de una superficie de: DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (249,00 Mts2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Solar y casa que es o fue de Jonny Ruiz, en veinticuatro metros con noventa centímetros (24,90 mts); Sur: Solar y casa de Alba de Crouss, en veinticuatro metros con noventa centímetros (24,90 mts); Este: Casa de Ana Fuente de Zanotty, en diez metros (10,00 mts); y Oeste: Vereda Nro. 6, en diez metros (10,00 mts).- Asimismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los ciudadanos CARLOS AUGUSTO PEÑA y LEIDA VIVAS ARMAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 6.289.829 y 10.376.022, respectivamente, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurías sobre el terreno municipal anteriormente identificado.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana LUZ MIRELLA RUIZ CASTRILLO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 3.616.600 y de este domicilio.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester al solicitante y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Diarícese.- Publíquese.- Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los Artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.- En Altagracia de Orituco, a los treinta y un (31) días del mes de octubre de dos mil diecisiete (2017).- Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. MONICO A. AQUINO GUERRERO.-
EL SECRETARIO,
ABG. ASTROBERTO H. LOPEZ L.-
En ésta misma fecha siendo las 02:25 p.m. se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.----------------------------------------------------------------------------------------------
EL SECRETARIO,
MAAG/yv.-
Sol. Nro. 17-8188.-
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