REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, TRECE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE (13-10-2017).-

207° y 158°
Sentencia Interlocutoria.

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante esta sede jurisdiccional; este Tribunal de conformidad con el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARIA GISELA BENCOMO, venezolano ,mayor de edad, titular de las cedula de identidad Nº V- 10.498.069, sobre bienhechurias de propiedad ubicada en el en calle Principal Paural II, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guarico, enclavadas en una área de terreno de Trescientos Noventa y Ocho metros cuadrados con setenta y un centímetros (398, 71 mts2/cm2) y alinderada así: NORTE: Solar y Casa de Angel Boyer, en treinta y ocho metros con sesenta y cinco centímetros (38,65 mts) SUR: Casa de Ana M Navas de Torrealba, en treinta y ocho metros con treinta centímetros (38, 30 mts) ESTE: Solar y casa de Pedro Sánchez, en diez metros con diez centímetros (10,10 mts) y OESTE: Calle Principal que es su frente , en trece metros con ochenta y dos centímetros (13,82 mts) cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Se deja constancia y anexo de autorización Nº 273/2017 de la Sindicatura Municipal del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, de fecha 3-10-2017.- Devuélvase original de lo actuado a la solicitante.
EL JUEZ.

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Abg. PEDRO RUBEN CALLEJAS REYES-
LA SECRETARIA.

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Abg. LERIDA GONZALEZ FRONTADO

PRCR/LG/plho.
Solicitud Nº 2017-1442 Titulo Supletorio de Propiedad.