REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, cinco de octubre de dos mil diecisiete
207º y 158º
SOLICITANTE: RAUL ALFONSO LIRA MALAVE, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.471587.
ABOGADA ASISTENTE: MARIA SOLORZANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 188.986.
MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCIÓN
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
La presente solicitud fue presentada en fecha 14 de junio de 2017, ante la Unidad Receptora Distribuidora de Expedientes del Circuito Judicial Los Cortijos, por el ciudadano RAUL ALFONSO LIRA MALAVE, titular de la cédula de identidad Nº V-11.471.587, asistido por la abogada María Solórzano, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 188.986, por Rectificación de Acta de Defunción.-
En fecha 22 de junio de 2017 se admitió la solicitud, se ordenó citar al ciudadano Fiscal del Ministerio Público, comparecencia de la ciudadana LUISA JOSEFINA DE FERRER, previa consignación de los fotostatos requeridos y se libró edicto, dirigido a todas aquellas personas que se puedan ver afectadas, para su publicación en el diario Últimas Noticias.
Mediante diligencia de fecha 30 de junio de 2017, el ciudadano RAUL ALFONSO LIRA MALAVE, consignó escrito de reforma de la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción.
En fecha 12 de julio de 2017, se admitió la solicitud con su reforma, se ordenó publicación de edicto en el diario Últimas Noticias, notificar al ciudadano Fiscal del Ministerio Público. Igualmente la comparecencia de la ciudadana LUISA JOSEFINA DE FERRER, en su condición de persona contra la que pudiere obrar la solicitud y se exhorto al interesado a indicar la dirección en donde se practicará la citación antes mencionada. Todo ello previa la consignación de los fotostatos requeridos.
Mediante diligencia de fecha 19 de julio de 2017, el ciudadano RAUL ALFONSO LIRA MALAVE, otorgó Poder Apud-Acta a la abogada María Solórzano. En esta misma fecha retiró edicto por la taquilla de la Oficina de Atención al Público, para su publicación.
En fecha 10 de agosto de 2017, se libró boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público. Igualmente, citación a la ciudadana LUISA JOSEFINA ROSAL DE FERRER.
En fecha 26 de septiembre de 2017, el ciudadano JOHAN GONZALEZ, en su condición de Alguacil Adscrito al Circuito Judicial de los Juzgados de Municipios Ordinarios y Ejecutores de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dejó constancia de haber practicado la notificación al ciudadano Fiscal del Ministerio Público Centésima Décima (110º).
Ahora bien, de la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente expediente se evidencia, que corre inserta al folio treinta y uno (31), de fecha 28 de septiembre de 2017, la abogada MARIA SOLORZANO, en su carácter de apoderada judicial del solicitante, desistió del procedimiento; este Juzgado observa:
Establece el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente: “En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es irrevocable, aun antes de la homologación del Tribunal”.
Por lo antes expuesto, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION de Ley en todas y cada una de sus partes al desistimiento efectuado por la parte solicitante. En consecuencia procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminada la presente solicitud y se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZA

LETICIA BARRIOS RUIZ
LA SECRETARIA ACC,

MARY CAROLINA PEREZ TORRES,
En esta misma fecha y siendo las _____publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,

MARY CAROLINA PEREZ TORRES,
LBR/MSG/Dg.-
ASUNTO: AP31-S-2017-002649