REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 02 de octubre de 2017
207º y 158°

Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de las ciudadanas MAGDALENA COROMOTO ORDOÑEZ DE MEDINA y CUSTODIA ANTONIA HERNANDEZ DE MEDINA, venezolanas, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nº V-7.629.905 y V-644.907, respectivamente, causahabiente del De-Cujus PEDRO PABLO MEDINA HERNANDEZ, quien en vida fue Venezolano y titular de la cédula de identidad Nº V-6.442.786, fallecido en fecha 08 de octubre del año 2016, en la Parroquia San Pedro, del Municipio Libertador del Distrito Capital.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostátos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,

DR. RENAN JOSE GONZALEZ

LA SECRETARIA ACC,

YENNY CARABALLO.

EXP.- 15-S-2017-1033
MALPA.-