ASUNTO: JP51-L-2017-000029
PARTE ACTORA: PANCRACIO ANTONIO VELASQUEZ, ISRAEL ANTONIO CABEZA y LUIS ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-12.361.154, V-17.740.433 y V-23.567.693, respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Los profesionales del derecho GERLY CARVAJAL y ELENA NAAR GUERRA, debidamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 124.835 y 198.889, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo MAQUINARIAS, OBRAS DE TIERRA Y ASFALTO C.A. (MOTIASCA) inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el número J-000669686.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
ACTA DE DESISTIMIENTO
En el día hábil de hoy, viernes seis (06) de octubre del año 2017, siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad para que tenga lugar el INICIO de la AUDIENCIA PRELIMINAR, en el juicio de Cobro de Prestaciones Sociales y Demás Beneficios Laborales, incoado por los ciudadanos PANCRACIO ANTONIO VELASQUEZ, ISRAEL ANTONIO CABEZA y LUIS ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-12.361.154, V-17.740.433 y V-23.567.693, respectivamente en contra de la Entidad de Trabajo MAQUINARIAS, OBRAS DE TIERRA Y ASFALTO C.A. (MOTIASCA) inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el número J-000669686 por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. Se deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia Preliminar de las PARTES, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno y por cuanto los accionante no asistieron al presente acto lo que no perjudica ni limita sus derechos laborales de los que es titular, aunado a la circunstancia que no hay un pronunciamiento jurisdiccional definitivamente firme que por efecto de la cosa juzgada impida ni limite ejercer nuevamente su derecho de acción, toda vez que lo que se extingue es el proceso más no se resuelve el fondo de sus pretensiones laborales y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Séptimo (7º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE la presente decisión. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
LA JUEZ;
Abg. ANAMAR PÉREZ
LA SECRETARIA,
Abg. AYBEL KARINA GONZALEZ
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