JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.- San Juan de los Morros, veintisiete (27) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).-
207º y 158º

Vista la Inhibición que cursa al folio número uno (01) del presente expediente, fechado el día once (11) de octubre del año dos mil diecisiete (2017), formulada por la abogado Ivonne Belisario Tovar, en su carácter de Juez Titular del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortíz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en la solicitud de CONSIGNACION CANON DE ARRENDAMIENTO, incoada por el ciudadano CARLOS LINTERO DA SILVA DE ABREU en la cual expuso:

“…Vista la solicitud de Consignación de Canon de Arrendamiento, incoada por el ciudadano CARLOS LINTERO DA SILVA DE ABREU venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V- 10.670.020, asistido por el abogado JULIO CESAR RUIZ ARAUJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 54.050, en la que se evidencia que el precitado abogado de parte solicitante y por cuanto el mismo en la comisión signada bajo el Nº C-2012-17, el día 31 de enero del presente año 2017, manifestó en el tribunal de forma grosera, no estar de acuerdo con decisiones tomadas por mi persona, profiriendo amenazas en mi contra, es por lo que por considerarme incursa en la causal establecida en el numeral 19º del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, me INHIBO de continuar con el conocimiento en el presente asunto, por lo cual solicito sea declarada con lugar...”

Y por cuanto de la referida acta se desprende que la Inhibición esta hecha legal y fundamentada en la causal preestablecida, se declara CON LUGAR dicha Inhibición por ser procedente y en consecuencia se procede a remitir estas actuaciones al Juzgado de la causa, a los fines legales consiguientes.
La Juez Provisoria,

Abg. Shirley M. Corro. B.

La Secretaria,

Abog. Theranyel Acosta M.


En esta misma fecha se remite al Juzgado de la causa en una (01) pieza constante de tres (03) folios útiles, mediante Oficio Nº _____.-

La Secretaria,



Exp. Nro. 8.000-17.-