REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dieciocho (18) de septiembre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º
Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-R-2017-000128 nomenclatura de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº 2017-1297, de fecha veinte (20) de julio de dos mil diecisiete (2017), contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano ALFREDO RAFAEL ARANA (Cédula de Identidad 14.147.201), asistido de abogado, contra la entonces Gobernación del estado Guárico (Policía del entonces estado Guárico), hoy GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO). Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha veintisiete (27) de abril de dos mil diecisiete (2017), mediante la cual se declaró “…1.- Su COMPETENCIA para conocer de los recursos de apelación interpuestos (...) 2. DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto. 3. FIRME el fallo apelado…”, visto el pronunciamiento anterior, este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2015-000109
RADZ/GCMM/ejph