REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintidós (22) de septiembre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º
Vista la diligencia de fecha diecinueve (19) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), mediante la cual el abogado SANTIAGO JOSÉ VILERA (Cédula de identidad Nº 8.765.817 e INPREABOGADO Nº 47.537) actuando en su nombre, solicitó copia certificada del “…folio 05, el folio 23 frente y vuelto, desde el folio 46 al 49, ambos inclusive; desde el folio 68 al 69; folio 71, folio 72, folio 74 y 75, ambos inclusive…”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA previa consignación de los fotostatos, la certificación del los folios 05, 23, 46 al 49, 68, 69, 71, 72, 74, 75 y sus vueltos por cuanto constan en original en el expediente.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-G-1997-000001
RADZ/GCMM/ejph