REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintidós (22) de septiembre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

Vista la diligencia de fecha diecinueve (19) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), mediante la cual el abogado SANTIAGO JOSÉ VILERA (Cédula de identidad Nº 8.765.817 e INPREABOGADO Nº 47.537) actuando en su nombre, solicitó copia certificada del “…folio 05; folio 23 frente y vuelto; 46 al 49; folio 68 al 69, ambos inclusive, 71 al 72; folio 74 al 75, ambos inclusive…”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA previa consignación de los fotostatos, la certificación del los folios 05, 23, 46 al 49, 68, 69, 71, 72, 74, 75 y sus vueltos por cuanto constan en original en el expediente.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES














Exp. Nº JE41-G-2002-000039
RADZ/GCMM/ejph