REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, 11 de Abril del 2.018.
207º y 159º
Visto que hoy vence el lapso de abocamiento establecido en los artículos 14 y 90 del Código de Procedimiento Civil sin hacer uso del mismo, esta sentenciadora deja constancia que la presente causa continuara en el estado Judicial de fijar la oportunidad para la realización de la inspección judicial de conformidad con lo establecido con el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y una vez realizada dicha inspección se fijara por auto separado la celebración de la audiencia oral de informes de conformidad con lo establecido en el artículo 173 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
LA JUEZ,
YSABEL ESTRELLA MASABE.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABOG. LITZY PADILLA
EXP- JSAG-392-2017
YEM/RAC