REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 13 de Abril del 2018.
(207° y 159°)

EXPEDIENTE Nº JSAG-455-2017.

Vista la diligencia de fecha 09 de abril del corriente año, suscrita por la abogada Ingrid Aquino Infante, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.623.143, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.312, mediante la cual expuso: “…En vista de la diligencia cursante al folio (1018) de la pieza IV/IV, del presente expediente JSAG-455-2017 referente al cuaderno separado de medida cautelar de Protección manifestando como me corresponde que las sentencias se ejecutan solo cuando existe una sentencia definitivamente firme y a la decisión o fallo de fecha 30/06/2017, cursante a la pieza III, del cuaderno de medida cautelar de protección cursante a los folios 922 al 935, y vto. No es una sentencia Definitivamente Firme puesto que existe un recurso pendientes que decidir Apelación y un Recurso de hecho en contra de tal decisión razón por la cual a la fecha no se puede ejecutar según normas esenciales de derecho que todos conocemos…”. En consecuencia se le indica a la apoderada judicial de los terceros interesados que este Juzgado Superior Agrario no está ejecutando la decisión a la cual hace referencia en su diligencia, en virtud de que la presente causa se encuentra en Estado de Sentencia. Es todo.-



LA JUEZA,
DRA. YSABEL ESTRELLA MASABE RODRIGUEZ.



LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABOG. LITZY PADILLA.




Exp.: N° JSAG 455-2017.-
YEM/LP/Ef.-