REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 26 de Abril de 2.018
208° y 159
Visto que en el presente expediente signado con el numero JSAG-S-075-2015, se pudo constatar que no han remitidos la comisión N°402-2015 de fecha 21 de octubre 2015, contentivo de las notificaciones de la medida cautelar innominada especial de protección a la producción, incoada por los ciudadanos Gustavo Adolfo Martínez Higuera e Ydalia Martínez Higuera, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.844.475 y V-10.979.217 respectivamente, sobre un lote de terreno denominado fundo Las Araguatas ubicado en la jurisdicción el municipio el Socorro del estado Guárico. En consecuencia este Juzgado Superior, en Aras de Garantizar los Principios Constitucionales tales como el derecho a la defensa y el debido proceso establecidos en los artículos 26 y 49 de nuestra carta magna, se ordena librar nuevamente la comisión al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria caso del predio denominado “Las Araguatas” antes identificado.
Asimismo una vez consta en autos la notificación la causa retomará al estado de que hace referencia el 602 del Código de Procedimiento Civil.
Todo ello a fin de que esta Juzgadora sentencie de manera clara y veraz de conformidad con lo establecido con el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Líbrense el oficio. Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR,
YSABEL ESTRELLA MASABE
SECRETARIA TEMPORAL
LITZY PADILLA
EXP N° JSAG-S-075-2015
YEM/LP/je.