REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
Calabozo, 11 de Abril del 2.018
207º y 158º
Visto el escrito de fecha 09 de Abril del presente año 2.018, presentado por la abogada Beatriz Haidee García Bandres, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 248.045, quien actúa en nombre y representación de los ciudadanos; Gertrudis Josefina Blanco de Belisario, María Sofía Blanco de Madrid, Antonia Aquilina Blanco López, Melquiades Josefina Blanco López y Alberto Blanco López, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 4.394.874, V-7.289.664, V-8.782.957, V-8.782.958 y V-8.779.568, respectivamente, domiciliados en el asentamiento campesino Laguna de Piedra, Casco central, parroquia San José de Tiznados, municipio Ortiz del estado Guárico, mediante el cual Apela a la Sentencia Definitiva, dictada por este Juzgado Agrario en fecha 03 de Abril de 2.018.
En tal virtud, este Juzgador destaca que el presente Recurso de Apelación, se realizó en el lapso establecido para la interposición del mismo. En consecuencia, de conformidad con el artículo 290 del Código de Procedimiento Civil, se admite el Recurso de Apelación en ambos efectos y se ordena efectuar cómputo por secretaría desde el día 03 de Abril de 2.018 exclusive, fecha en la cual se dicto la sentencia apelada, hasta el día 10 de Abril, fecha en la cual venció el lapso de los cinco (05) días para ejercer el Recurso de Apelación. Remítase el expediente al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Líbrese oficio. Cúmplase.


HUMBERTO MORALES PADRON
EL JUEZ,
LILIANA MOGOLLON.
LA SECRETARIA,

Quien suscribe Abg. Liliana Mogollón, Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, por medio de la presente se deja constancia que desde el día 03 de Abril de 2.018 exclusive, fecha en la cual esta Instancia Judicial Agraria dicto sentencia mediante la cual declaro la Confesión, hasta el día 10 de Abril de 2.018, fecha en la cual venció el lapso de los cinco (05) días para ejercer el Recurso de Apelación, siendo los siguientes: miércoles 04, jueves 05, viernes 06, lunes 09 y martes 10 del mes de Abril del presente año 2.018. En Calabozo, a los once (11) días del mes de Abril del año 2.018.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado. Conste.
LILIANA MOGOLLON.
LA SECRETARIA,
HM/LM/ncl
Exp. 501-17