REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticuatro (24) de abril de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º

Visto que en fecha veintitrés (23) de abril de dos mil dieciocho (2018), se recibió ante la Unidad de Recepción y Distribución (URDD) de este Juzgado, diligencia suscrita por el abogado Roberto Arturo BOLÍVAR (INPREABOGADO Nº 29.849), actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano HÉCTOR RAFAEL GOICOOCHEA (Cédula de Identidad Nº 19.985.594), mediante la cual solicitó: “...solicito copias certificadas de los folios 119 al 149 con sus respectivos vueltos a los fines de ejercer el Recurso de Hecho en el presente Juicio. Los mismos, se encuentran para identificar cronológicamente las Actas que conforman el presente expediente: sentencia de fecha 26 de Enero de 2018, auto donde se libran los oficios y boleta respectiva, diligencia de consignación de boletas de notificación de las partes, diligencia donde se ejerce el Recurso de Apelación, auto de fecha 12 de abril de 2018, se ordena la practica por secretaria de los dias de despacho transcurridos en el Tribunal y por último el auto donde se declara extemporanea por tardía la apelación ejercida de fecha 12 de abril de 2018. Igualmente, solicito copia certificada de esta diligencia y el auto que la prevee...”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA previa consignación de los fotostatos, la certificación de los folios 119 al 149, 151 y sus vueltos, por cuanto constan en original en el expediente y del presente auto.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,




Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. Nº JP41-G-2015-000057
RADZ/GCMM/ngga