REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintiséis (26) de abril de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º
Visto que en fecha seis (06) de abril de dos mil dieciocho (2018), este Juzgado dictó sentencia Nº PJ0102018000023 en la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella funcionarial interpuesta por los abogados Iván Marino BOLÍVAR CARRASQUEL y Luís Abraham RIZEK RODRÍGUEZ (INPREABOGADOS Nros 7.513 y 10.512), actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano MARCIAL ENRIQUE RAMÍREZ MUÑOZ (Cédula de Identidad Nº 16.384.739), y ordenó notificar a las partes de la aludida decisión, por lo que, este Tribunal libra las notificaciones respectivas. Líbrense oficios y boleta.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-G-2011-000035
RADZ/GCMM/ydsp