REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
ALTAGRACIA DE ORITUCO
Actuando en Sede Civil
Altagracia de Orituco, 25 de Abril del Año 2.018.-
208º y 159º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: FRANK JOSE ALVAREZ NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 16.192.817 y de este domicilio y de este domicilio.-
NRO. DE SOLICITUD: 18-8.281.-
Nro. SENTENCIA: 15-25042018.-
I
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: FRANK JOSE ALVAREZ NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 16.192.817 y de este domicilio y de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio CESAR YSAEL INOJOSA LORETO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 199.425, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de Terreno Municipal, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la AUTORIZACIÓN MUNICIPAL, consignada junto a la solicitud que las bienhechurías se encuentran ubicadas en Las Minas, carretera nacional vía el Morro de Macaira, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, constante de una superficie de: DOS MIL CIENTO ONCE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (2.111,47 mts2/cm2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Calle Las Minas y solar y casa de Celis Martínez, en veintinueve metros con treinta centímetros (29,30 Mts); Sur: Carretera Nacional, que conduce al Morro de Macaira, en cincuenta metros con cincuenta centímetros (50,50 Mts); Este: Solar y casa de Celis Martínez, en sesenta y un metros con veinte centímetros (61,20 Mts) y Oeste: Calle Las Minas, que es su frente, en sesenta y siete metros (67,00 Mts).- Asimismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de las ciudadanas YISGLEIDYS PRISCILA PIMENTEL SILVA y DARSY COROMOTO GUTIERREZ GONZALEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 23.563.946 y 16.237.356 respectivamente, las cuales son valoradas como levantamiento de las bienhechurías sobre el Terreno Municipal anteriormente identificado.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías descritas a favor del ciudadano: FRANK JOSE ALVAREZ NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 16.192.817 y de este domicilio y de este domicilio.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester al solicitante y devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Diarícese.- Publíquese.- Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los Artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil.- Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En Altagracia de Orituco, a los veinticinco (25) días del mes de Abril de dos mil dieciocho (2.018).- Años 208º de la Independencia y 159º de la Federación.-
El Juez Provisorio,
ABG. MONICO ANTONIO AQUINO GUERRERO.-
El Secretario,
Abg. ASTROBERTO H. LOPEZ L.-
En ésta misma fecha siendo las 02:35 p.m., se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.----------------------------------------------------------------------------------------------------
El Secretario,
MAAG/mt.-
Sol. Nro. 18-8.281.-
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