REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, DIECISEIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO (16-04-2018).-

207° y 159°
Sentencia Interlocutoria.

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante esta sede jurisdiccional; este Tribunal de conformidad con el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos JOHAN ANDRES SANTAMARIA CHIRINOS y ANDREINA DEL VALLE SANTAMARIA CHIRINOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V – 20.714.860 y V- 25.129.351 sobre bienhechurias de propiedad ubicada en el sector Paural III, calle 06 de esta ciudad de Altagracia de Orituco, Estado Guarico enclavadas en una área de terreno de Trecientos Nueve metros cuadrados con sesenta centímetros (309, 60 mts2) y alinderada así: NORTE: Transversal uno , en veintiséis metros con cuarenta centímetros (26, 40 mts) SUR: Con solar y casa de Briceida Palacios, en veintiséis metros con cuarenta centímetros (26, 40 mts) ESTE: Con solar y casa de de Yohanis Jimenes, en doce metros (12 mts) y OESTE: Calle Numero seis que es su frente donde se encuentra ubicado el tanque de bombeo de la comunidad en doce metros (12 mts) cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Se deja constancia y anexo de autorización Nº 31/2018 de la Sindicatura Municipal del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, de fecha 9-4-2018.- Devuélvase original de lo actuado a la solicitante.
La Jueza Temporal.

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Abg. Lérida González Frontado-
El Secretario Temporal.

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Abg. Pedro Luis Hernández Olivero
LGF/plho.
Solicitud Nº 2018-1543 Titulo Supletorio de Propiedad.