REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, VENTITRES DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO (23-04-2018).-

207° y 159°
Sentencia Interlocutoria.

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante esta sede jurisdiccional; este Tribunal de conformidad con el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ADRIANA DEL VALLE SIFONTES MARTINEZ, venezolana , mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V – 10.867.432 sobre bienhechurias de propiedad ubicada en el sector “EL CENTRO” de la Población San José de Guaribe, Estado Guarico enclavadas en una área de terreno de Trescientos Noventa y un metros cuadrados con cincuenta y tres centímetros (391,53 mts) y alinderada así: NORTE: Calle Bolívar, en dieciocho metros con sesenta centímetros (18,60 mts) SUR: Bienhechurias de Irma Itriago e Bienhechurias de flor Martínez en dieciséis metros con cincuenta y cinco centímetros (16, 55 mts) ESTE: Bienhechurias de Flor Martínez y bienhechurias de Iglesia Adventista, en cincuenta y cuatro metros con sesenta centímetros (54, 60 mts) y OESTE: Bienhechurias de Cruz Sifontes, en cincuenta y tres metros con cincuenta centímetros (53,50 mts) cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Se deja constancia y anexo de autorización Nº 11/2018 de la Sindicatura Municipal del Municipio San José de Guaribe del Estado Guárico, de fecha 17-4-2018.- Devuélvase original de lo actuado a la solicitante.
La Jueza Temporal.

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Abg. Lérida González Frontado-
El Secretario Temporal.
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Abg. Pedro Luis Hernández Olivero
LGF/plho.
Solicitud Nº 2018-1545 Titulo Supletorio de Propiedad.