REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ TADEO MONAGAS Y SAN JOSÉ DE GUARIBE.



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ TADEO MONAGAS Y SAN JOSÉ DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, TRES DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO. (3-4-2018).

207º y 159º

1. Sentencia Interlocutoria con fuerza definitiva.

De una revisión de las actuaciones procesales que constan en el presente expediente, observa este Juzgado que por auto de recepción de comprobantes contentivo de resultas de Exhorto de Comisión para citación de fecha 7-11-2017, en donde se refleja la no practica de la misma, hasta el día de hoy ambas inclusive ha transcurrido el tiempo reglamentario sin actuación procesal de la parte interesada en cabeza de la solicitante, a los fines de gestionar nuevamente la citación del demandado de marras este, Tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 267 del Código de procedimiento Civil, decreta la PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa. Así se decide.
EL JUEZ


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Abg. PEDRO RUBEN CALLEJAS REYES
LA SECRETARIA


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Abg. LERIDA GONZALEZ FRONTADO


Quien suscribe, Abogado LERIDA GONZALEZ FRONTADO, Secretaria del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe la Circunscripción Judicial Estado Guárico, cumpliendo ordenes del ciudadano Juez; CERTIFICA: que la copias fotostáticas, que anteceden, son traslados fieles y exactos de sus originales, con las cuales se confrontaron; De conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. En Altagracia de Orituco,

LA SECRETARIA,

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Abg. LERIDA GONZALEZ FRONTADO