REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ TADEO MONAGAS Y SAN JOSÉ DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, TRES DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO. (3-04-2018).
207º y 159º
Sentencia Interlocutoria con fuerza definitiva.
DEMANDANTE: ANTONIO GALLUZO GARCIA
DEMANDADA: CRISTIAN CAMPECHANO
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES
Exp. Nº 2017-406.
Se inicio el presente procedimiento en fecha siete (7) de Diciembre de 2017, por demanda de Cobro de Bolívares presentada por el abogado ANTONIO GALLUZO, Inscrito en el IPSa bajo el Nº 5.070.452, como endosatario en procuración del ciudadano NARCISO BOLIVAR, donde solicitaba en pretensión de Cobro De Bolívares opuesto al ciudadano CRISTIAN CAMPECHANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 1.531.190
Admitida la acción en fecha trece (13) de diciembre del presente, se ordeno el emplazamiento del demandado y se entregaron las boletas de citación a la ciudadana Alguacil para que practicara las mismas, sin mas actuación.
Al revisar las actas que conforman el presente expediente se ordeno realizar de oficio un computo de los días despacho tomando en consideración el auto de admisión de la demanda hasta la fecha de hoy ambas inclusive, la cual hasta el día de hoy visto el computo se observa ha transcurrido en exceso el tiempo reglamentario establecido en el Numeral 1 del articulo 267 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de la extinción de la instancia. Así se decide.
DISPOSITIVA.
Primero: Por las consideraciones que preceden del articulo in comento este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe, en nombre de Dios, de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta la PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente causa de COBRO DE BOLVARES.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo. Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en Altagracia de Orituco, el día Martes tres (3) de Abril del Dos Mil Dieciocho.
El Juez
__________________________________
Abg. PEDRO RUBEN CALLEJAS REYES
La Secretaria
________________________________
Abg. LERIDA GONZALEZ FRONTADO
Quien suscribe, Abogado LERIDA GONZALEZ FRONTADO, Secretaria del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe la Circunscripción Judicial Estado Guárico, cumpliendo ordenes del ciudadano Juez; CERTIFICA: que la copia fotostática, que antecede, es traslado fiel y exacto de su original, con el cual se ha confrontado; De conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA,
______________________________
Abg. LERIDA GONZALEZ FRONTADO
|