REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, diecisiete (17) de abril de dos mil dieciocho (2018)
207º y 159º
ASUNTO: AP31-S-2017-004846
Visto el escrito de fecha 09 de abril de 2018, presentado por la ciudadana MIRIAM CRISTINA PINZON, titular de la cédula de identidad Nº V-3.967.409, asistida por el abogado CESAR ALEXIS RAMOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.951, mediante la cual desiste del procedimiento; este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y cumplidos como se encuentran los extremos legales, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en los mismos términos en que fue suscrito, por consiguiente, se declara terminado dicho procedimiento, por lo cual se ordena el archivo definitivo de este expediente. Asimismo se ordena el desglose y devolución de los documentos que corren insertos en los folios que van del dieciséis (16) al veintitrés (23), ambos inclusive, del presente expediente antes señalados, previa certificación en autos por Secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase. Así se decide.

PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los DIECISIETE (17) DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018). Años 207º de la Independencia y 159º de la Federación.
EL JUEZ,

Abg./Msc. ORLANDO LAGOS VILLAMIZAR.

LA SECRETARIA ACC,

GABRIELA MENDOZA.
En esta misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) se requieren los fotostatos de los originales solicitados a los fines de la de dar cumplimiento con la devolución acordada
LA SECRETARIA ACC,

GABRIELA MENDOZA.
OLV/GM/Carlos