REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, nueve (09) de agosto de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º

Visto que en fecha doce (12) de abril de dos mil dieciocho (2018), el abogado Astroberto H. López Loreto, quien fue designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 10 de noviembre de 2015 como Juez Suplente de éste órgano jurisdiccional, declaró SIN LUGAR la incidencia de la Recusación planteada por el abogado Adolfo MOLINA, actuando en su carácter de co-apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Autónomo Leonardo Infante del estado Guárico en fecha 12 de junio de 2017, este Juzgado se ABOCA al conocimiento de la presente causa.

En consecuencia, se ordena notificar a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en el entendido de que transcurrido el término de diez (10) días continuos contados a partir del día siguiente a que conste en autos la última de las notificaciones, la causa reanudará su curso al estado de dictar sentencia.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. Nº JP41-G-2016-000043
RADZ/GCMM/ydsp