TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
SAN JUAN DE LOS MORROS, 09 DE AGOSTO DEL 2018.-
208º y 159º

EXPEDIENTE: Nº S-2603-18
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTES: ALEXIS ANTONIO GALINDEZ GUTIERREZ Y NOHEMY GALINDEZ GUTIERREZ. -


Recibido por Distribución de fecha 06 de Agosto del 2018 y admitida en fecha 07 de Agosto de 2018, escrito presentado por los ciudadanos ALEXIS ANTONIO GALINDEZ GUTIERREZ Y NOHEMY GALINDEZ GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nº V-11.122.854 Y V-16.093.172, debidamente asistidos por el abogado CARLOS ERNESTO MACHADO ALFONZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 155.892; contentivo de la solicitud de TITULO SUPLETORIO, a su favor sobre un Terreno de Propiedad Municipal, ubicado en la siguiente dirección CARRETERA NACIONAL, SECTOR VELADERO, ORTIZ, PARROQUIA ORTIZ, MUNICIPIO ORTIZ, ESTADO GUÁRICO, constante de una superficie de Terreno de CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTIMETROS (5.773,63 M2) cuyos linderos son: NORTE: CON PARCELA DE CESAR CABRERA; CON 69,00 ML; SUR: CON CASA DE ALI PEREZ; CON 74,40 ML; ESTE: CON CARRETERA NACIONAL, ORTIZ DOS CAMINOS; CON 80,00 ML; y OESTE: CON PARCELA DE ARNALDO LUGO; CON 81,20 ML; tal como se evidencia la Autorización para Evacuar Titulo Supletorio, Contrato de Arrendamiento, Cedula Catastral y Levantamiento Parcelario, emitida por la Alcaldía del Municipio Ortiz del Estado Guárico, cursante a los folios 04, 05, 06 y 07 del expediente, documentos que se aprecian y valoran ya que demuestran la cualidad de los solicitantes y en cuyo nombre y beneficio solicita el otorgamiento del Titulo Supletorio, de conformidad con el Art. 430 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.357 del Código Civil; del mismo modo, las resultas del justificativo de testigos de los ciudadanos: JOSE GREGORIO SANCHEZ SALGADO y CARLOS LUIS MACHADO ALFONZO, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de Identidad Nros V-10.669.733 y V-14.437.370 respectivamente, evacuados por ante este Tribunal en fecha 08 de Agosto del 2018, quienes dan fe de sus dichos sobre la pretensión de la solicitud y sobre la construcción de las bienhechurias a sus propias y únicas expensas, se valoran y se aprecian, por cuanto demuestran la veracidad del contenido de la solicitud y así se declara.
En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, éste Tribunal Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y eleva el anterior justificativo a TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos ALEXIS ANTONIO GALINDEZ GUTIERREZ Y NOHEMY GALINDEZ GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nº V-11.122.854 Y V-16.093.172, sobre las bienhechurias, descritas en el escrito de solicitud, inserto al folio 01 y vto del presente expediente, sobre un Terreno de Propiedad Municipal, ubicado en la siguiente dirección CARRETERA NACIONAL, SECTOR VELADERO, ORTIZ, PARROQUIA ORTIZ, MUNICIPIO ORTIZ, ESTADO GUÁRICO, constante de una superficie de Terreno de CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTIMETROS (5.773,63 M2) quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros.
Regístrese y expídase copia certificada de la presente resolución, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1388 del Código Civil. Devuélvase las anteriores actuaciones a la parte interesada.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en San Juan de los Morros, a los Nueve (09) días del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).



ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR
JUEZ TITULAR


LUIS ENRIQUE PIÑA QUIROZ
SECRETARIO ACCIDENTAL



En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado, se devuelven los originales constantes de once (11) folios útiles, a la parte interesada, quien firmará el libro de solicitudes correspondiente, en prueba de haber recibido la misma.


EL SECRETARIO


IBT/lepq.-
S-2603-18