REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUÁN Y SAN GERÓNIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
SOLICITUD Nº 16.248-18
PARTE SOLICITANTE: NANCY MAIRENY JUAREZ DE NIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.235.913, de profesión abogado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 254.603, este domicilio, quien actúa en su propio nombre y representación.
MOTIVO: JUSTIFICATIVO PARA PERPETUA MEMORIA
ASUNTO: TÍTULO SUPLETORIO
Asignada por distribución Solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria, presentada por la ciudadana NANCY MAIRENY JUAREZ DE NIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.235.913, de profesión abogado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 254.603 y domiciliada en Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, quien actúa en su propio nombre y representación, la cual fue admitida por este Tribunal en fecha 03 de Agosto de 2.018. La solicitud la acompañó con los siguientes recaudos: Ficha Catastral Nº 9544-10210, emanada de la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico y Documento de Propiedad del Terreno.
La solicitante pide que se le Decrete Título Supletorio suficiente a su favor, de las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su propiedad según consta documento debidamente registrado por ante el Registro Público del Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, inscrito bajo el Número 2017.401, Asiento Registral 2 del Inmueble matriculado con el Nº 347.10.3.11807, correspondiente al Folio Real del Año 2017, ubicado en el Barrio Vicario III, Calle 5 al final, de esta ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, constante de un área de terreno de CIENTO DIECISIETE METROS CUADRADOS CON DIECISIETE CENTIMETROS (117,17 M2) y un área de construcción de NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SIETE CENTÍMETROS (94,37 M2) con los siguientes linderos: NORTE: Calle 5 en (3.90+4.50 mts); SUR: Jerson Juàrez en (8.80 mts); ESTE: Camilo Sánchez en (17.05 mts); OESTE: Jerson Juàrez en (6.10+10.90 mts).
Alega el solicitante, que dichas bienhechurías están constituidas por una Casa de habitación familiar cuyas características son las siguientes: Una (01) habitación, una (1) Sala, cocina comedor, un (1) baño, techo de acerolit y platabanda, puertas y ventanas de hierro, piso de cemento, cercada totalmente con paredes de bloque.
Asimismo, en la oportunidad correspondiente se evacuaron las testimoniales de los ciudadanos: LERVIS MEGUELINA CAMACHO LOPEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.145.957, de este domicilio y RAFAEL ANTONIO RENGIFO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.523.963, de este domicilio, quienes en su declaración fueron contestes y señalaron que tienen conocimiento de que las bienhechurías antes señaladas, fueron construidas por la ciudadana NANCY MAIRENY JUAREZ DE NIETO, por lo que este Tribunal le otorga valor probatorio de conformidad con lo previsto en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia, cumplidos como han sido los trámites y formalidades previstos en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, que establece: “Si se pidiere que tales justificaciones o diligencias se declaren bastante para asegurar la posesión o algún derecho, mientras no haya oposición, el Juez decretará lo que juzgue conforme a la ley, antes de entregarlas al solicitante, o dentro del tercer día, si esta petición se hubiere hecho posteriormente a la primera diligencia; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros (…)”. Este Tribunal debe Decretar Título Supletorio Suficiente a favor de la ciudadana NANCY MAIRENY JUAREZ DE NIETO, quedando a salvo los derechos de terceros. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana NANCY MAIRENY JUAREZ DE NIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.235.913 y domiciliada en Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, con un área de CIENTO DIECISIETE METROS CUADRADOS CON DIECISIETE CENTIMETROS (117,17 M2), con los siguientes linderos: NORTE: Calle 5 en (3.90+4.50 mts); SUR: Jerson Juárez en (8.80 mts); ESTE: Camilo Sánchez en (17.05 mts); OESTE: Jerson Juárez en (6.10+10.90 mts).
De conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a los siete (07) días del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2.018). Años: 208º de la Independencia y 159º de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. YANIRTEH HURTADO
LA SECRETARIA,
ABG. OLIVIA PAEZ
En esta misma fecha se publicó la presente decisión, siendo las Once y Veinte horas de la mañana (11.20 am.). Conste. Se devuelve al solicitante constante de ( ) folios útiles.
LA SECRETARIA,
YH/OP/Amalia. -
SOL. Nº. 16.248-18.
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