REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, 14 de Diciembre de 2018.
208º y 159º


Visto el escrito presentad en esta misma fecha por el abogado Carlos Ramón Vidal, adscrito a la Coordinación Regional de la Defensa Publica, titular de la cédula de identidad N° V-19.222.354, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el N° 234.465, mediante el cual expone: “…En este sentido, de conformidad con el artículo 246 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia con el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil, procedo a presentar formal Oposición a la Medida Cautelar aplicada por esta superioridad y solicito al Tribunal la revocatoria de la medida por cuanto no está cubiertos los requisitos legales para su procedencia.…”. En consecuencia este Juzgado Superior ordena agregar el escrito de oposición al expediente con el cual se relaciona.
LA JUEZ,
DR. JOSÉ ALBERTO BERMEJO


SECRETARIO,
ABG. DELVIS MÉNDEZ


EXPEDIENTE Nº JSAG-534
JAB/DM/je