REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, doce (12) de diciembre de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º
Vista la diligencia presentada en fecha seis (06) de diciembre de dos mil dieciocho (2018), por el ciudadano YRVING JESÚS GUZMÁN MEDINA (Cédula de Identidad Nº 11.116.349), debidamente asistido en este acto por el Defensor Público Abogado Amilkar PERDOMO ZIEMS (INPREABOGADO Nº 75.540),mediante la cual solicitó: “…copia certificada del oficio # JE410F02018000153, de fecha: 23 de abril del 2018, que cursa en el presente expediente con el folio cuarenta (40)…”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA previa consignación de los fotostatos, la certificación de la referida copia por cuanto consta en original en el folio cuarenta (40).
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario temporal,
Abg. CALVIN DE J. TOVAR BOYER
Exp. Nº JP41-G-2018-000006
RADZ/CDJTB/ddga