REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 12 de Enero de 2018.
(206° y 157°)

ACTA DE AUDIENCIA ORAL.

En el día de hoy, viernes (12) de Enero del año 2.018, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) hora fijada, a los fines de que tenga lugar la audiencia oral en la causa Nº JSAG-514-2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 168 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Se deja constancia que se encuentran presentes en la Sala de Audiencias de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, la Jueza Ysabel Estrella Masabe, el Secretario Ramón Antonio Carpio, y el Alguacil Delvis Méndez; Asimismo se deja constancia que se encuentra presente el ciudadano abogado Carlos Eduardo Toro Valera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-9.884.464, respectivamente, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 78.820, respectivamente, actuando en nombre y representación de la ciudadana María de los Ángeles Bethencourt Herrera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-5.428.381, quien actúa en su carácter de Represéntate Legal de la sociedad de mercantil quien está a cargo de Gerente de Administración de la Junta Directiva de la GRANJA AVICOLA LAS TRES “B” C.A. Acto seguido expone la ciudadana Jueza: Conocido el objetivo de la presente audiencia, se le concede el derecho de palabra a la parte solicitante: La cual expone: abogado Carlos Toro; “Buenos días, doctora solicitamos en primer lugar un prorroga o extensión de la medida dictada en fecha 14 de octubre del 2016, visto que lo que llevo a la medida fue la extracción de la producción, por parte del ciudadano Miguel Ángel Bethencourt, el cual sacaba sin permiso la misma, por cuanto se siente con autoridad por ser Gerente de Producción y heredero. La medida dictada tuvo una duración hasta el 20 de diciembre del 2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de Calabozo, por todo lo antes expuesto, solicitamos se proteja la producción de esta Granja por la constantes amenazas que recibimos por parte de los apoderados del ciudadano Miguel Ángel Bethencourt, ya que estos va a toman decisiones que afectan la producción, no podemos tener movilización sin permiso de SUNAGRO y por esto debemos tener los papeles al día, la primera medida dictada fue por el Juzgado de Primera Instancia fue cumplida, posteriormente se dicto una medida por este Juzgado la cual se insto al INTI y al INSAI a separa la unidad de producción con la del conjunto Residencial, porque estos terrenos perdieron la vocación agrícola, siendo necesario la decisión de los ejidos municipales, los cuales no han sido consignado por el ente encargado, es por esto que se necesita que la medida sea prorrogada un año más o por el tiempo que lo crea necesario este Tribunal. Por otra parte el ciudadano Miguel Ángel Bethencourt, abandono sus funciones de Gerente de Producción Animal, y estas funciones las asumió el ciudadano José Ángel Suarez Bethencourt, porque el Gerente de Producción Animal como tal no cubría las guardias que se hacían entre los mismos socios y herederos, visto que las gallinas podrían morir por el calor, del cual se debe estar en constante vigilancia para verificar el calor y prenderle el nebulizador y ventiladores para el cuidado de las gallinas. En tercer lugar la Granja tiene una planta procesadora la cual se encuentra inutilizada, ahora bien quien la tenía en su poder era el ciudadano Miguel Ángel Bethencourt, pero haciendo trabajos particulares con una firma personal de nombre Daviangy, la misma fue encerrada con un candado, que la tenia de uso personal. Por todo la antes expuesto solicitamos en la presente medida, sea reactivada la maquinaria de esta procesadora de alimentos por la Granja las tres “B” C,A., ya que con la misma se lograría producir alimentos para las gallinas de esta granja lo cual traería consigo un ahorro a la hora de la producción, que ayudarían a la seguridad agroalimentaria de la nación ya que esto haría que bajaran los costos en el producto de hasta un 30% menos del consto que se encuentra en el mercado. En este mismo acto hago entrega del Acta de Asamblea celebrada el día 21 de diciembre del 2017, que actualiza la Junta Directiva, constante de 30 folios útiles…”.
Este Tribunal Superior Agrario, fija Inspección Judicial pare el día 23 de enero del 2018, asimismo ordena oficiar para el acompañamiento del Tribunal al Instituto Nacional de Tierras, al Instituto Nacional de Sanidad Animal Integral y a la Sindicatura Municipal del Municipio Juan Germán Roció del estado Guárico. En este estado se declara culminado el acto. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. Siendo las 11:25 a.m.



LA JUEZA SUPERIOR,
DRA. YSABEL ESTRELLA MASABE.



Representantes de la parte demandante
El abogado Carlos Eduardo Toro Valera,
C.I. N°. V-9.884.464



La ciudadana María de los Ángeles Bethencourt Herrera,
Cedula de Identidad N°. V-5.428.381




El Alguacil
Delvis Méndez;


EL SECRETARIO.
ABG. RAMÓN CARPIO.



Expediente JSAG-514-2017.
MG/IR/sm